M. Candela, Alcoi
La acusación particular, ejercida por los antiguos clientes de la Caja de Crédito de Alcoi, ha rebajado la petición de penas de 180 a 64 años de prisión para los directivos por la quiebra de la entidad, de acuerdo con las conclusiones definitivas, presentadas en la jornada de ayer, una vez concluyó la fase pericial y la presentación de los documentos.
El abogado Luis Ferrer, letrado principal de los afectados, anunció un cambio sustancial de la acusación. Si los diez procesados estaban acusados de delitos de insolvencia punible (quiebra fraudulenta), apropiación indebida y societario, ahora sólo lo están todos por el primero y con una petición individual de 6 años de prisión. El delito societario ha sido retirado, debido a que en el Código Penal de 1973 -aplicable en este proceso, porque los hechos son anteriores a la reforma de 1995- iba incluido en la insolvencia punible, según resaltó el letrado. Por último, la reivindicación general de 8 años de prisión por un delito de apropiación indebida se reduce ahora a 1 año y sólo para cuatro procesados: Jesús Llopis, Mercedes Llopis, Ángel Lidiano Llopis y María del Carmen Raduán.
De esta forma, de los 180 años de prisión que se reclamaban al empezar el juicio, la cifra se ha reducido hasta los 64. El letrado Ferrer, que el martes hará su informe, indicó que "del desarrollo del juicio" se ha desmontado en parte la acusación de apropiación indebida, por lo que se ha preferido centrar la acusación en la insolvencia punible, "que es lo principal".
Aparte, los afectados reclaman una indemnización colegiada a los acusados de 2.885.371 euros, a lo que hay que sumar las multas por los delitos junto con un pago complementario para los procesados por el delito de insolvencia punible. La Fiscalía rebaja esta cifra a 2.645.911 euros.
El fiscal José Antonio Romero, en cambio, no modificó un ápice sus conclusiones, por lo que mantiene la petición de seis años de prisión para cinco acusados por un delito de insolvencia punible. En concreto, se trata de Jesús Llopis, Mercedes Llopis, Jesús Lidiano Llopis, Ángel Lidiano Llopis y Miguel Rodríguez Boronat. El fiscal justificó que a estos dos últimos no les imputa por ser miembros del consejo rector, sino como consecuencia de la operación económica entre Tarrac y Proaltea, al ser socios de esta última, junto con los demás altos directivos de la Caja de Crédito. Romero también hizo hincapié en que no acusa al consejo rector, debido a que "condenar por no vigilar que otros se lleven el dinero está en contra del derecho penal; puede dar lugar a otra consideraciones, pero no a esta".
Todas las defensas, por otro lado, ratificaron de manera concreta sus conclusiones provisionales, por lo que siguen reivindicando la absolución de los diez acusados.