En las ediciones de Levante-EMV del pasado viernes y del sábado apareció una noticia de la que soy protagonista. Como licenciado en Derecho, por supuesto, no discuto el derecho fundamental a la información (veraz), pero que tiene que tener su límite en el derecho al honor que toda persona posee.

Nada hubiera costado incluir en el contenido de la noticia las iniciales de mi nombre y apellidos, o simplemente haberlo obviado. Sobre todo cuando el contenido del artículo es del todo impreciso en lo fundamental, pues al margen de que formalmente yo mismo desconozco el inicio de ningún procedimiento judicial como el que se describe, en cualquier caso la condición de imputado que se utiliza en su contenido, sólo corresponde decidirla a un juez, tras la práctica de diligencias preliminares que ni siquiera se han iniciado. El fiscal, en todo caso, puede denunciar, pero no imputar.

Bien conocerá usted, en la actualidad, las connotaciones sociales que a ese concepto se asocian, y el daño a la imagen personal, a la dignidad y al honor que su utilización genera en el afectado. Además, en este caso de manera gratuita y absolutamente innecesaria e imprecisa, lo que demuestra una preocupante falta de rigor, de seriedad y una clara intención de llamar la atención del lector sin importar en absoluto las consecuencias que se pueden causar a mi persona.

Me parece adecuado que se describan los hechos que pueden dar o no lugar a responsabilidad penal por mi parte, en relación con el otorgamiento de lo que la noticia califica como permisos de caza en unos cotos concretos. Pero muchos de los datos que se aportan por el periodista son irrelevantes, no están contrastados y demuestran un absoluto desconocimiento de la normativa aplicable y de la propia realidad del Parque Natural de las Hoces del Cabriel, con el único fin de elevar la supuesta gravedad de los hechos de manera sensacionalista, arbitraria e irresponsable.

Nada tiene que ver que el coto de caza esté en parque natural, en zona ZEPA, en zona LIC, ni las especies protegidas que alberga. A día de hoy no hay ninguna normativa (que es la que debe guiar mi actuación al servicio de la Generalitat) que impida la actividad cinegética en esos espacios, ni siquiera en fechas determinadas, al margen de la opinión particular que cada uno podamos tener al respecto o de los criterios dispares de los técnicos en la materia. Un dato: sólo en el Parque Natural de las Hoces del Cabriel hay 29 cotos de caza constituidos. José Guillermo Rojí Moliner. (Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valencia, de la Conselleria de Agricultura) Valencia.