Rebajan la pena a tres dueños de clubes por las condiciones de trabajo

 

Efe, Madrid
El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado dos años y medio la condena que le fue impuesta a los dueños de tres clubes de alterne de Vigo que empleaban a ciudadanas brasileñas para ejercer la prostitución, al estimar que las condiciones de estas mujeres no eran graves.
Así lo ha acordado la Sala de lo Penal del TS en una sentencia, en la que estima parcialmente los recursos interpuestos por Gilda Alice B., Domingo F. y Manuel A. contra la dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra.
Ésta condenó a los tres a ocho años y medio de cárcel en total por inmigración ilegal (seis años) y como autores de un delito contra los derechos de los trabajadores (dos años y seis meses). El TS anula la condena por el delito contra los derechos de los trabajadores y confirma la impuesta por inmigración ilegal.
Gilda Alice B. y Domingo F. regentaban dos clubes y participaban además en la gestión y explotación de otro en Verín que regentaba Manuel A., y los tres imponían las normas de funcionamiento de estos establecimientos.
El pago de las copas y de los servicios sexuales eran realizados por los clientes a los encargados o a los camareros y al finalizar la noche los acusados entregaban a las mujeres la parte que le correspondía.
Según la sentencia, a principios de 2006 Gilda Alice B. y Domingo F., con el consentimiento del tercer acusado, introdujeron como turistas en España a mujeres brasileñas para que ejercieran la prostitución en sus locales. Los dos primeros instauraron un sistema de multas por llegar tarde al trabajo, por hablar alto, por dar el número de teléfono a clientes o salir sin permiso.

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