ANA MONLEÓN SEGORBE
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat ha desestimado la admisión del recurso de casación interpuesto por la Asociación de Vecinos del Sisterre Sector 1 al ayuntamiento de Segorbe. Éste era contrario al acuerdo acordado en pleno por el que se adjudicaba el Programa de Actuación Integrada del PAI del Sector 1 a la mercantil Hermanos Ventura, S.L. el 12 de Marzo de 2008 por falta de legitimación activa.
Tal como explicó la portavoz del equipo de gobierno, Soledad Santamaría, "esta resolución se declara firme, con imposición a la parte recurrente de las costas procesales causadas en este recurso y no cabe recurso alguno".
Así pues, comentó Santamaría, "esta falta de legitimación por la que el Juzgado declaró el pasado mes de julio la inadmisibilidad del recurso se concreta en la no aportación por la Asociación de Vecinos de los estatutos de constitución además de que no se ha probado que el representante de los demandantes tenga legitimación para presentar el recurso en nombre de la Asociación. Tampoco se aporta el acuerdo adoptado por el órgano competente de la Asociación que faculte para la presentación del recurso".
Asimismo, la edil popular informó de que "en los razonamientos jurídicos del Auto, el Tribunal Supremo señala que la Asociación de Vecinos interpuso el recurso ante el TSJ cuando debió interponerlo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo y en segunda instancia ante el Tribunal Superior de Justicia".
Por lo tanto, comentó Santamaría, "el conocimiento de dichas cuestiones en segunda instancia, no es competencia del TSJ y no puede admitir el recurso de casación".
Pleitos contra el consistorio
Para Santamaría, "la avaricia de un particular y su pulso judicial contra este ayuntamiento, arrastró a un grupo de propietarios del Sector 1 a constituir una Asociación cuyo único fin era pleitear contra el consistorio, algo que les ha llevado a que en los recursos presentados las distintas instancias judiciales no puedan entrar siquiera a decidir sobre el fondo de la cuestión, puesto que le falta a la asociación la legitimación para pleitear".