Farnós sostiene que el Supremo declara no ejecutada la sentencia del TSJ de 1998

El propietario del Palasiet y los edificios afectados por el PAI dice que el fallo "anula la modificación del PGOU"

 

R. PARDO CASTELLÓ El ex conseller y propietario de los edificios afectados por la unidad de ejecución UE-28 del PAI Pontazgo de Benicàssim, Joaquín Farnós, replicó ayer al equipo de gobierno y reiteró que la sentencia del Supremo "deja sin efecto la modificación del PGOU de octubre de 2002, a través de la cual se volvió a delimitar por el ayuntamiento la EU-28", que afectaba a un edificio de servicios del hotel Palasiet de su propiedad.
Farnós recuerda que la medida del Supremo deja sin efecto también "la delimitación de una zona verde pública, y viales a cargo de su urbanización y cesión únicamente por la propiedad de la referida unidad de ejecución".
Y añade que "la sentencia firme del TSJ de la Comunitat de 2 de junio de 1998, declaró que la delimitación de una unidad de ejecución a los efectos de urbanizar y ceder una zona verde y viales, por una propiedad, quiebra el principio de la justa distribución de cargas y beneficios... al cargar con un exceso de urbanización y de cesión a un sólo propietario".
La sentencia del Supremo se produce tras el recurso planteado por Farnós. El fallo "declara no ejecutada la sentencia del TSJ de 1998, que anulaba la delimitación de la UE-28, cuyos terrenos en más de 90% le pertenecen".
El consistorio benicense, por medio de una nota de prensa, negaba anteayer que el Supremo anulase la unidad de ejecución y que le instase a devolver edificio alguno a la propiedad del hotel. Recordaba, asimismo, que el Supremo instaba a la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ a admitir el incidente de ejecución planteado por Farnós para que se cumpliera la sentencia de 1998, pero no le da la razón.
Apuntaban desde el consistorio que había un acuerdo con Farnós para poder modificar puntualmente la delimitación de la unidad de ejecución aludida. Acuerdo documentado y presentado al pleno del consistorio de 20 de mayo de 2002 que permitía cumplir la sentencia del TSJ y eludir problemas posteriores. Sin embargo, Farnós considera que ese acuerdo se había incumplido por lo que pidió años después la ejecución de sentencia que, tras un proceso judicial, ha llevado al fallo del Supremo que devuelve el caso al TSJ de la Comunitat Valenciana.
Levante de Castelló tuvo acceso ayer al acta del pleno que recoge que "resultando que don Joaquín Farnós, mediante instancia de fecha 10 de mayo de 2002 presenta una alegación al acuerdo anterior, en la que acepta plenamente el contenido de la modificación, pero considera que ostenta un derecho a poder edificar en dicha unidad sin esperar a la aprobación de la modificación".

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