RAMÓN PARDO CASTELLÓ
El titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Castelló ha acordado admitir a trámite la querella por presunto delito de prevaricación administrativa contra todos los miembros del equipo de gobierno del Ayuntamiento de Benicàssim, que aprobaron adjudicar la construcción de un centro termal en el PAI Pontazgo, que incluirá un centro termal en lugar del aulario inicialmente planteado. La querella fue interpuesta por la mercantil Iniciativas Aquaspa, SL, cuyo representante legal es el ex conseller de Sanidad, Joaquín Farnós.
El auto no da opción al consistorio a personarse en el procedimiento, como pretendía y así lo pidió en un escrito, al "no ser el Ayuntamiento de Benicàssim parte querellada". La querella podría acabar siendo instruida por la Sala de la Penal del Tribunal Supremo habida cuenta de que una de las querelladas es Susana Ros, que es concejala y diputada en las Cortes Generales y, por tanto, tiene la condición de aforada. De ahí que en el mismo auto del juez, fechado el pasado 13 de enero de 2010, le pide al ministerio fiscal que informe sobre la competencia del juzgado a la vista de situación de Ros.
El representante legal de Aquaspa, Joaquín Farnós, se mostró ayer "respetuoso con las resoluciones judiciales", sin entrar a valorarla porque "el caso está sub judice". Aunque matizó que del auto emitido se desprende "que Farnós, pese a lo que dice el grupo de gobierno de Benicàssim no va contra el ayuntamiento, sino contra los concejales que forman parte del equipo de gobierno que votó a favor de construir un centro termal en vez de un aulario en el PAI Pontazgo. Y, que aunque tarde, se demuestra que no voy contra los intereses del municipio, sino que defiendo los míos".
El origen de la querella se remonta a la aprobación por el equipo de gobierno, en un pleno celebrado en febrero de 2009, de la adjudicación del contrato de obras a la firma Altiplá, SL, para la construcción del centro termal Agua Marina, en el PAI Pontazgo. Acuerdo que los denunciantes considera que se efectuó de "una forma totalmente fraudulenta, pues se prescindió del procedimiento legalmente establecido para ello, no permitiendo que otras mercantiles puedan presentar proposiciones que hubieran podido ser evaluadas conforme a criterios objetivos que constarían en los pliegos y, por tanto, haber adjudicado la construcción a la mejor oferta presentada".