J.M. CASTELLÓ
El juzgado de Primera Instancia número 1 de Castelló ha absuelto a Iberdrola de un incendio forestar ocurrido en Gaibiel en 2007 y ha condenado al agricultor denunciante (Rafael Giménez) a pagar las costas del proceso, una cantidad cercana a los 6.000 euros. El demandante presentó la denuncia en base a un informe de la Guardia Civil que atribuía el origen del fuego a una torre de alta tensión. La compañía presentó otro dictamen de la Generalitat que, en este caso, afirmaba que la causa del incendio fue la caída de un rayo sobre un pino. La jueza afirma que "no existen pruebas concluyentes que acrediten los hechos", y desestima la demanda interpuesta por Rafael Giménez, según consta en el fallo al que ha tenido acceso este diario, notificado a las partes el pasado 23 de noviembre.
Giménez recurrirá el pago de las costas mientras descarta apelar la sentencia. De momento, acata con resignación el abono de los costes del proceso.
El incendio en cuestión tuvo lugar el 7 de marzo y quemó más de 1.000 hectáreas de cultivo y pinos en el Alto Palancia. Se inició en la Basa de Gaibiel y se extendió, por las fuertes rachas de viento de aquel día, por los términos de Navajas, Jérica y Algimia. Uno de los propietarios era Rafael Giménez, quien sufrió daños en terrenos de cuatro fincas agrícolas por valor de 30.000 euros. Este agricultor elevó una demanda civil contra la empresa eléctrica basándose en las conclusiones de un informe que redactó la Guardia Civil, en el que aseguraba que la causa de incendio fue el cableado de la línea de alta tensión como consecuencia del viento.
La compañía negó tales hechos y para ello presentó ante el juzgado un informe de la Conselleria de Medio Ambiente. Éste rebatía el punto de vista de la Benemérita y achacaba el inicio de las llamas a un rayo caído en un pino. El análisis de la Administración autonómica aseveraba que en dicho árbol la ignición se produjo con bastante antelación a la aparición de las llamas. Iberdrola apuntó, además, que por la existencia de un cortafuegos al pie de la línea y la dirección del viento resultaba "ilógico" que el incendio se originara en la conducción de energía eléctrica.
"Nos encontramos pues con dos versiones contradictorias, y lo cierto es que ninguna prueba de las practicadas en los autos han permitido dilucidar con exactitud cuál fue el motivo del incendio", explica en su fallo la titular del juzgado de Primera Instancia, Sofía Díaz.
Es por ello que ha decidido denegar las razones aportadas por la demanda y absuelve a Iberdrola por la falta de pruebas.