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Los peritos de la Fiscalía Anticorrupción han detectado en las cuentas del presidente de la Diputación de Castelló, Carlos Fabra, cientos de ingresos en efectivo, cheques y talones sin justificar por más de 3,7 millones de euros. Fabra canalizaba esta ingente cantidad de dinero a través de sus cerca de 100 cuentas corrientes en las que aparecía como titular, cotitular o persona autorizada. Y además, en una caja de seguridad del Banco de Santander que los inspectores de Hacienda han detectado y están investigando. ¿Qué había en esa caja?

Según la información de que disponen los peritos, el líder provincial del PP fue titular único de la caja número 32 (0049-2409-14-6090000142), abierta el 2 de abril del año 2004, es decir, cuatro meses después del estallido del caso Fabra en los Juzgados de Nules. Los expertos de Hacienda hacen constar en su documento que Fabra hizo varias visitas a esta caja de seguridad. Así, entre el 12 de mayo y el 26 de julio de 2004, el mandatario popular hizo cuatro consultas para verificar, supuestamente, sus fondos: el 12 de mayo a las 12.07; el 3 de junio a las 13.58; el 25 de junio a las 11.05; y el 13 de julio a las 13.45 horas.

Informe

Tal como queda reflejado en el informe que obra ya en manos del titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de Nules, Jacobo Pin, "no se ha detectado ninguna operación en cuentas bancarias (del propio Banco de Santander Central Hispano o de las demás entidades bancarias) que pudiera relacionarse con las visitas indicadas.

Según se desprende del estudio, a fecha de hoy no es posible saber qué cantidad de dinero manejaba Carlos Fabra en esta caja pero fuentes próximas a la investigación señalan que este tipo de mecanismos bancarios suelen utilizarse como instrumento "para operaciones de escasa transparencia".

Los usuarios de los bancos suelen utilizar las cajas de seguridad para depositar bienes valiosos, además del dinero, como pueden ser joyas, escrituras, títulos (valores públicos, acciones), colecciones o monedas raras. El acceso a este servicio se formaliza a través de un contrato con cláusulas predispuestas, que el banco facilita al cliente. El titular suministra todos sus datos, que quedan recogidos en una ficha. Previo pago del canon establecido, se da inicio a la relación, adjudicando al cliente un número de identificación de conocimiento reservado.

El acceso a la caja de seguridad sólo está permitido a los titulares, que deben identificarse con fecha y hora. Cumplidos estos requisitos, un empleado del banco, en poder de una llave maestra, permite la apertura de la caja.