El "parany", esa modalidad de caza de aves que unos consideran patrimonio ancestral de la provincia y otros un atentado contra el medio ambiente y la fauna, ha desencadenado una auténtica discusión doctrinal entre los juristas de Castelló. Mientras la Fiscalía anunciaba esta semana que va a abrir diligencias para la investigación de "todas y cada una de las 138 denuncias" que le ha remitido la Conselleria de Medio Ambiente, el criterio de los magistrados de la Audiencia Provincial va por unos derroteros bien distintos, ya que las últimas sentencias dictadas por este órgano judicial absuelven a los cazadores que emplean este sistema.

A uno y otro lado de jueces y fiscales se sitúan los ecologistas y los cazadores, que llevan años enfrentados a cuenta de este tipo de caza. Para la Unión Europea el "parany" es inasumible porque atenta contra el entorno; para el Consell está claro que el "paranyer" no es ningún delincuente y hasta hace poco tiempo ha tolerado estas prácticas de caza. Así las cosas, todo queda pendiente del recurso ante el Tribunal Constitucional, que será quien finalmente dirima la cuestión.

La polémica se ha agudizado esta semana tras dictar el Juzgado de lo Penal número 1 de Castelló una sentencia en la que condena por primera vez a un "paranyer" a 700 euros de multa. Sin embargo, tras la entrada en vigor este año de la reforma del artículo 336 del Código Penal se castigará a "quien sin estar legalmente autorizado emplee, para la caza o pesca, veneno, medios explosivos u otros instrumentos o artes de similar eficacia destructiva o no selectiva para la fauna". La pena que se impone es de 4 meses a 2 años de prisión o multa de ocho a veinticuatro meses.

¿Supone esta modificación legal que estemos a las puertas de ver cómo un "paranyer" ingresa en prisión por cazar con "parany"? El grupo ecologista Gecen, dirigido por Francisco González, cree que la redacción de este artículo da argumentos legales para ello y supone "un nuevo respaldo a la prohibición del 'parany', ya que lo considera, sin otra interpretación posible, como delito".

Con todo, habrá que esperar hasta el próximo mes de octubre, cuando empiece la campaña fuerte y recaigan las primeras denuncias policiales y administrativas, para saber qué va a pasar en los tribunales.

En una reciente entrevista, el fiscal jefe de Castelló, Javier Carceller, avisaba de que la intención de la Fiscalía es seguir persiguiendo este tipo de conductas, máxime después de la reforma del artículo 336 del Código Penal, que introduce la prohibición de todo tipo de modalidad de caza "no selectiva y masiva", lo cual, a juicio del fiscal, supone una prohibición implícita del "parany".

Para González, este tipo de caza es "equiparable al veneno y a medios explosivos", por lo que debe ser considerado un delito. "Es indudable que la última sentencia del Juzgado de Lo Penal Número 1 de Castelló demuestra que aún queda algo de Justicia en esta provincia y supone un paso adelante en la lucha contra la impunidad de los 'paranyers'. De todas maneras, habrá que ver qué pasa a partir de octubre".

Discrepancias

Mientras tanto, la Audiencia Provincial de Castelló ya ha archivado, en contra del criterio de la Fiscalía, varias denuncias al considerar que el "parany", con la actual legislación en la mano, "no es delito".

Los magistrados castellonenses se decantan en sus sentencias por mantener que el "parany" no atenta contra la fauna y el medio ambiente y hasta el propio presidente de la Audiencia, Carlos Domínguez, esquivaba la polémica el pasado jueves, cuando aseguró ante los periodistas que no conoce la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Lo Penal y que sólo sabe "lo que se ha publicado en los medios de comunicación".