Sólo un 3% de las parejas que c0ntrajeron matrimonio durante el año siguiente a la entrada en vigor de la nueva Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano, que desde 2008 aplica la separación de bienes por defecto, acudió a la notaría para cambiar su régimen económico. Durante ese 2009 -últimos datos disponibles-, el otro 97% de matrimonios no alteró la separación de bienes. Y de las 4.179 capitulaciones matrimoniales o cartes de noces (contratos entre cónyuges sobre el régimen económico de su matrimonio) otorgadas ese año, sólo 287 fueron para pactar un régimen económico de gananciales como el que rige en el resto de España y que se aplicaba antes del 25 de abril de 2008 en la C. Valenciana.

Los datos fueron aportados ayer por la secretaria autonómica de Gobernación, Asunción Quinzá, quien destacó que antes de la reforma legal, "el 75%" de parejas iba al notario después de casarse para acogerse a la separación de bienes. Aparte de la mala noticia que supone para el gremio notarial, estos datos prueban, dijo Quinzá, que la modificación era una "demanda social" y que ha servido también para "recuperar nuestro derecho foral", "reforzar nuestro autogobierno" y dar a los ciudadanos "más libertades, más oportunidades y más calidad de vida" porque la ley instaura "la libertad de pacto entre los cónyuges" a la hora de adaptar el régimen económico de su matrimonio, "garantiza la igualdad entre hombre y mujer en la toma de decisiones" y "protege a los más desfavorecidos".

Sin embargo, tres años después de la aprobación de esta norma inspirada en el antiguo derecho foral, hay numerosas parejas que no acaban de saber qué régimen económico rige su matrimonio. Por eso, el Colegio de Registradores de la Propiedad de la Comunitat Valenciana presentó ayer la "Guía Práctica sobre Régimen Económico Matrimonial Valenciano". Es un documento brevísimo de carácter divulgativo del que se van a repartir 3.000 ejemplares de forma gratuita, principalmente entre las administraciones públicas.

La guía, que también estará disponible en la web del colegio (www.registradores.org), intenta aclarar los aspectos menos conocidos de la nueva ley valenciana. Por ejemplo, la figura de la Germania, una especie de sociedad de gananciales a la valenciana. En concreto, la Germania hace comunes alguno, algunos o todos los bienes del matrimonio por acuerdo entre los cónyuges. La administración y disposición de los bienes agermanados requiere el consentimiento de ambos cónyuges. Y si estos actos son realizados por uno de los cónyuges, cabe la ratificación por el otro con efectos retroactivos.

María Emilia Adán, decana de los registradores valencianos, asegura que en las notarías se están empezando a registrar los primeros casos de bienes agermanados (dentro de una unión con separación de bienes). Generalmente, ocurre en bienes inmuebles como una vivienda o una finca rústica.