Los municipios de Ares, Castellfort, Forcall, Morella, Olocau, Portell de Morella, Todolella y Vilafranca han conseguido que la empresa Energías Renovables Mediterráneas SA (Renomar) les abone el Impuesto de Bienes Inmuebles de Características Especiales (IBICE) de los parque eólicos que la firma tiene en dichos municipios. Después de tres años de procesos judiciales, la Justicia ha dado la razón a los ayuntamientos y les ha reconocido el derecho a percibir estas tasas que suman un importe de 1,8 millones. Renomar solamente ha abonado el 48 por ciento del importe (913.882,40 euros) y le resta pagar otros 958.634,11 euros que deberá liquidarlos antes del 20 de junio.

La Diputación de Castelló ha aglutinado la defensa de todos los pueblos y, en total, se han abierto 28 procedimientos (14 del año 2009 y 14 del año 2010) de los que 15 ya cuentan con una sentencia firma. Además, Renomar ha manifestado su intención de desistir de los 13 restantes con lo que, según la abogada de la diputación, María Ángeles Guillamón, el proceso se podrá dar por concluido.

El conflicto se inició en 2009 cuando Ares reclamó por la vía jurisdiccional a Renomar el pago de 8.298,47 euros en concepto del IBICE del parque eólico. La causa se llevó al juzgado contencioso administrativo número de 1 de Castelló donde se dictaminó que, de acuerdo con la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la empresa debía abonar dicha tasa, regulada por la Dirección General del Catastro. En este caso, como la cantidad no superaba el tope establecido para poder recurrir, la sentencia fue firme.

A partir de la demanda de Ares, el resto de municipios también se sumaron a la causa pero las siguientes sentencias se recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que, finalmente, ha dado la razón a la diputación, en representación de todos los pueblos.

En los recursos, Renomar manifiesta sus disconformidad con las cantidades establecidas pero el juez decide desestimarlos porque, tal como se recogía en la primera sentencia de Ares, las cantidades estaban perfectamente avaladas por el órgano correspondiente y que es la Dirección General del Catastro. Además, la Ley del Catastro Inmobiliario dispone como bienes inmuebles de características especiales "los destinados a la producción de energía eléctrica, gas, refino de petróleo y las centrales nucleares.

Final del proceso

Ante esta situación y la jurisprudencia que se fue asentando con cada uno de los fallos, Renomar decide poner fin al proceso y en 2011 abona el IBICE correspondiente, adeudando únicamente las tasas de 2009 y 2010. A fecha de hoy, la empresa ha cumplido con los fallos y ya ha abonado casi la mitad del importe total y prevé saldar la deuda íntegramente antes del 20 de junio. Renomar ha valorado no presentar más recursos ya que, además de abonar el IBICE, el juez también le exigía los intereses y el pago de las costas del proceso.

El vicepresidente de la diputación y responsable del servicio provincial de gestión, inspección y recaudación, Miguel Barrachina, al igual que todos los alcaldes afectados han manifestado su satisfacción con los resultados obtenidos, sobre todo, porque el ingreso de esta tasa ayudará a paliar la grave situación en la que se encuentran la mayoría de las arcas municipales.