El TSJ cuestiona las mediciones realizadas en los días previos y posteriores a la Magdalena y obliga al ayuntamiento a repetir el estudio acústico

El Tribunal Superior de Justicia obliga al Ayuntamiento de Castelló a repetir mediciones de contaminación acústica en el entorno de la zona de ocio de Lagasca al objeto de valorar si esta zona necesita la declaración de Zona Acústicamente Saturada. El TSJ echa atrás el primer análisis municipal que determinó innecesaria esta medida por realizarse en los días previos y posteriores a las fiestas de la Magdalena, es decir en fechas que registran una menor afluencia de gente. El ejecutivo local tiene tres meses para volver a ejecutar los análisis y podría verse obligado a aprobar la ZAS si las nuevas conclusiones indican que este lugar genera más decibelios de lo permitido. Sería la segunda zona de Castelló con esta declaración tras las tascas.

El ejecutivo local realizó las pruebas en 2010 por orden de otro fallo de lo Contencioso Administrativo que le instó a materializar las actuaciones que había acordado en 2006 en la calles Lagasca, Marqués de Ensenada, Obispo Salinas, Tenerías y avenida Hermanos Bou. En este punto se agolpan varios locales nocturnos y los vecinos llevan años exigiendo medidas para reducir las molestias causadas por el ruido. De sus reivindicaciones nació el colectivo de Castelló Sense Soroll.

El equipo de gobierno llevó a cabo las mediciones la última semana de febrero y las dos últimas de marzo, justo en los días previos y posteriores a las fiestas de la Magdalena. Sus resultados señalaron que este punto cumplía la Ley de Contaminación Acústica y los munícipes populares decidieron que no hacía falta promover la ZAS. Sense Soroll pidió ampliar las mediciones a un periodo de doce meses y, tras desestimar su propuesta el mismo juzgado, insistió con un recurso de alegación.

Tres meses

El TSJ estima ahora que el ayuntamiento ejecutó de forma incorrecta la primera sentencia, revoca el primer auto del Contencioso y obliga al consistorio a repetir el estudio acústico en un "plazo máximo de tres meses", según dicta el fallo facilitado ayer por Sense Soroll. El tribunal cuestiona el hecho de que el equipo de gobierno promoviera los análisis en unas semanas que la Lagasca suele concentrar menos gente de lo habitual. El ejecutivo local adujo entonces que había obviado efectuar las mediciones durante tres semanas seguidas, como marca la ley de Contaminación Acústica, al estar en medio las fiestas. Señaló que la Magdalena no era una fecha representativa al contar con más afluencia de lo normal. Las mediciones realizadas tampoco "son representativas" dado la menor afluencia en dichos días.

La sala desestima la pretensión de Sense Soroll de extender las pruebas durante un año y pide al ejecutivo de Alfonso Bataller que repita las pruebas en los términos que establece la legislación -tres semanas seguidas-. La declaración ZAS prohibiría la apertura de nuevos establecimientos mientras estuviera en vigor (dos años) y limitaría el horario de cierre de los establecimientos.

Segundo frente judicial

El ayuntamiento suma un segundo frente judicial con Sense Soroll, que también ha llevado a los tribunales el consumo de alcohol en las calles de las tascas. En este caso se ha promovido la ZAS y una ordenanza de convivencia que regula la ingesta de alcohol. El TSJ ha derogado este año el artículo de la norma cívica que validaba la excepcionalidad de las tascas por contravenir la ley de drogodependencia. Propietarios y consistorio han presentado un recurso de casación y esta zona podrá mantener su singularidad hasta que resuelva definitivamente el Tribunal Supremo. Si falla en su contra, colocarán como alternativa mesas en alto -conocidas comos veladores- para adaptarse a la ley.