El Ayuntamiento de Benicarló ha requerido a la titular de una vivienda de la calle Santa Isabel para que presente en el consistorio en el plazo máximo de un mes el último certificado de inspección técnica del inmueble. Un vecino había denunciado filtraciones de agua acumulada en el tejado por parte de la vivienda contigua. Esta es una de las primeras aplicaciones de la nueva normativa para la Inspección Técnica de Inmuebles.

Una denuncia por parte del afectado significó el envío de una de las primeras cartas exigiendo la inspección técnica de un inmueble en Benicarló. En este sentido, desde el departamento de Urbanismo se recuerda que según la Ley Urbanística Valenciana, es el deber de los propietarios de terrenos, construcciones y edificios el mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro. Además, prevé que los propietarios de toda edificación catalogada o de antigüedad superior a cincuenta años deberán promover, al menos cada cinco años, una inspección, a cargo de facultativo competente, para supervisar su estado de conservación.

Dicho facultativo consignará los resultados de su inspección expidiendo un certificado que describa los desperfectos apreciados, sus posibles causas y las medidas prioritarias recomendables para asegurar su estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructurales o para mantener o rehabilitar sus dependencias en condiciones de habitabilidad o uso efectivo.

La eficacia del certificado exige remitir copia de él al ayuntamiento y al Colegio Profesional correspondiente, en un plazo inferior a un mes.