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El Supremo ratifica la prohibición del Tram por Ribalta y la Generalitat desviará el trazado

Infraestructuras afirma que el trolebús igual llegará al Grau a final de año y baraja el traslado del itinerario al paseo Ribalta

El Supremo ratifica la prohibición del Tram por Ribalta y la Generalitat desviará el trazado

Una sentencia del Tribunal Supremo ha ratificado la prohibición del paso del trolebús (Tram) por el parque Ribalta y da la razón al movimiento ciudadano que durante 7 años ha luchado para evitar que el vehículo de transporte partiera en dos este jardín protegido como Bien de Interés Cultural (BIC). La Generalitat confirmó que no tiene más opción que acatar el fallo y desviará el trazado por fuera del parque.

Eso sí, los portavoces de la Conselleria de Infraestructuras aseguran que la modificación del itinerario «no implicará ningún tipo de retraso en la puesta en funcionamiento de la línea 1 y se cumplirá el plazo para que el Tram conecte la Universitat Jaume I y el Grau a finales de este año».

Infraestructuras añadió que se han estudiado ya varios trazados alternativos, pero no los desvelará de forma oficial hasta que la solución definitiva sea negociada y pactada con el Ayuntamiento de Castelló en una reunión urgente prevista para la próxima semana.

No obstante, fuentes próximas a la conselleria confirmaron que la opción que hasta el momento tiene más peso es el desvío de la plataforma en doble sentido por el Paseo Ribalta Pares (la calle de la Delegación de Hacienda), lo cual implicaría cortar el vial al tráfico o realizar obras al objeto de recuperar al menos un tercer carril convencional en único sentido.

Otras posibles alternativas son la bifurcación del Tram habilitando un único sentido en el Paseo Ribalta Pares y en la calle Pérez Galdós (frente a la Plaza de Toros) o el traslado de la plataforma en doble sentido a Pérez Galdós.

Sin embargo, ambas opciones tienen escasas probabilidades de ser las elegidas porque necesitarían una mayor inversión económica e implicarían rediseñar el actual bulevar a cuatro carriles del Corte Inglés. Además, este recorrido exigiría incorporar el Tram por el paseo Ribalta Impares para que pudiera conectar con La Farola y la calle Zaragoza, lo cual lo convierte en la alternativa menos viable para los técnicos de la Conselleria de Infraestructuras.

El Consell pedía discrecionalidad

La resolución, fechada el 24 de junio, ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que en 2012 estimó un recurso judicial interpuesto por el entonces portavoz socialista municipal Juan María Calles, que se hizo eco de una oposición vecinal avalada por más de 20.000 firmas ciudadanas y cinco informes desfavorables de organismos consultivos de la Generalitat Valenciana (Consell Valencià de Cultura, Academia de Bellas Artes de San Carlos, Universitat Politécnica de Valencia, Universitat de Valencia y Universitat Jaume I de Castelló); una oposición que también fue manifestada por la representante del Colegio de Arquitectos de Castelló en la Comisión Municipal de Patrimonio.

El Consell recurrió en casación al Supremo, pero el alto tribunal respalda los argumentos del TSJ y tumba la alegación de la Generalitat que esgrimía una norma estatal (Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas) para reclamar «discrecionalidad técnica de la Administración en materia de protección del patrimonio cultural».

A este respecto, el alto tribunal le advierte a la Generalitat que este instrumento jurídico no puede ser utilizado para transgredir a placer la legislación autonómica y hace suyos los argumentos del TSJ para concluir textualmente: «El proyecto autorizado por la Conselleria de Cultura, que contempla el paso del TVRCAS a través del Parque de Ribalta, no respeta las exigencias de los arts. 38 y 39 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano». Además, los magistrados reprenden al Consell imponiéndole el pago de las costas del proceso judicial (4.000 euros) y recordando que el proyecto perjudica y no mejora el bien protegido.

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