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La reforma local salva a los actuales servicios sociales del ayuntamiento

Un informe municipal revela que pueden continuar sin cambios las prestaciones anteriores a la entrada en vigor de la normativa

Un comedor escolar en un colegio de Castelló. Levante-EMV

La nueva ley de la Administración local, en vigor desde enero de 2014, acota por primera vez las competencias de los ayuntamientos españoles, pero no supone un cambio tan drástico como en principios se hacía entrever. La normativa incluye matices que en la práctica permiten a los consistorios conservar los actuales servicios de sanidad, educación y bienestar social. Un informe del secretario general del Ayuntamiento de Castelló subraya que las competencias «impropias» podrán seguir ejerciéndose siempre que «el servicio en cuestión se hubiera comenzado a prestar con anterioridad a la entrada en vigor de la ley».

La normativa estatal señala que el Consell ha de asumir las prestaciones municipales relacionadas con educación, sanidad o servicios sociales o delegar esta función garantizando financiación. Hay un plazo de cuatro años para materializar esta revisión, pero el dictamen municipal, que había sido solicitado por el grupo de Compromís de Castelló, apunta que las prestaciones anteriores a la ley pueden seguir en las mismas condiciones. De esta forma parece que los servicios de Castelló no corre peligro, ya que la mayoría se desarrollan desde antes de la aprobación de la ley.

El documento indica que «en relación con aquellas actividades y servicios que hubieran sido prestadas por el ayuntamiento con anterioridad a la entrada en vigor se asumió el criterio de la Generalitat, que permite continuar con aquellas actividades que se hubieran venido desarrollando con anterior a la entrada en vigor» de dicha regularización.

En esta situación se encuentran por ejemplo las escuelas infantiles de titularidad municipal y los trabajos de conservación y mantenimiento de centros educativos. En el caso de que se promueven nuevos contratos de adjudicación haría falta que la Administración autonómica delegue en el ayuntamiento con la financiación necesaria.

Con los servicios de nueva creación el ayuntamiento deberá conveniarlos con el Ejecutivo valenciano para bien transferirlos o recibir la delegación correspondiente. La ley pretende evitar una proliferación sin limites de servicios por parte de los ayuntamientos, pero garantiza las prestaciones que operan en la actualidad

No obstante, el secretario general municipal apunta que la Generalitat todavía no ha movido ficha para analizar con el ayuntamiento la aplicación de la ley. «Por parte de la Administración autonómica no se ha arbitrado ni realizado ninguna gestión expresa al respecto», señala el documento, aunque puntualiza que la dirección general de la Administración Local de la Generalitat señaló que «no se observa obstáculo alguno para que los ayuntamientos continúen desempeñando las mismas en tanto no se produzca la asunción de competencias por la comunidad autónoma».

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