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Compromís denuncia que La Jana sigue sin celebrar plenos regularmente

Tanto el Defensor del Pueblo como el Síndic han requerido al alcalde para que cumpla los plazos

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Joaquín Llàdser, alcalde de La Jana, incumple «de manera reiterada» el acuerdo por el que se aprobaba una periodicidad bimensual en los plenos de esta localidad del Maestrat, según han denunciado desde Compromís. El pasado año el último pleno tuvo lugar el 30 de septiembre. Este 2015 el primero del año se celebró el 15 de abril pasado, seis meses y medio después. La situación ha llevado al grupo de Compromís a llevar el comportamiento del munícipe al Síndic de Greuges y Defensor del Pueblo. Ambas instituciones han actuado, estudiado el caso, admitido a trámite y tramitado las quejas de este grupo de la oposición.

En febrero de 2014 Compromís envió al Síndic un cuadro con los plenos que debían celebrarse a tenor del acuerdo del 29 de junio de 2011, y la fecha en la que se convocaron los plenos ordinarios, donde se evidencia la falta de cumplimiento de los acuerdos. Las respuestas del munícipe al Síndic, son sorprendentes. Al escrito, el alcalde le contesta que «la queja en cuestión no tiene substancia lógica» y asegura que «se han dado circunstancias» que han alterado la periodicidad «y cada uno de los concejales respondieron que no había problema en retrasar el pleno ordinario». Así argumenta al Síndic «la grave enfermedad, agonía y finalmente defunción del padre de una concejala del ayuntamiento de nacionalidad rumana» que ha tenido que estar «más de dos meses en viajes de ida y vuelta a su país de origen».

Según sigue relatando, al estar en minoría, «no podíamos plantear puntos de importancia como son los presupuestos por ejemplo, con un concejal menos». Las cuentas de la Jana de 2014 y 2015 no han sido ni presentadas por el alcalde en el pleno.

Tras la respuesta, la Síndica en funciones, Emilia Caballero recomendó en junio de 2014 al Ayuntamiento de la Jana «que convoque las sesiones ordinarias del pleno en los plazos legalmente establecidos», ya que el hecho de no convocar la sesión por parte del alcalde o presidente, «implica una vulneración del derecho a participar en los asuntos públicos reconocido en el artículo 23.1 de la Constitución Española». Tres meses más tarde, José Cholbi tras recibir el informe requerido al alcalde resuelve cerrar el expediente.

La vía del Defensor del Pueblo seguía su trámite, quien en mayo del año pasado envió un escrito al alcalde recomendándole que «celebrara las sesiones preestablecidas y convocara una sesión extraordinaria tan pronto fuera posible para sustituir a la ordinaria que se hubiese desconvocado o suspendido por causa grave general y no personal de alguno de sus miembros». Ante el silencio del consistorio, dos meses después esta alta institución no recibió respuesta, por lo que les requirió en dos ocasiones más el esclarecimiento de la queja y su deber de colaborar.

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