El hombre de 62 años acusado de abusar sexualmente de la hija menor de sus vecinos en 2004 ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Castelló a cinco años de prisión y a indemnizar a la víctima con 10.000 euros, además de asumir las costas procesales. El fiscal y la acusación particular solicitaban 10 y 12 años y medio, respectivamente, pero, según se recoge en la sentencia de la sección primera, se le ha aplicado la atenuante de cuasi prescripción y se rechaza el agravante de delito continuado ya que solo ocurrió una vez. El procesado se encuentra cumpliendo condena por abusar de su nieta y tiene pendiente otra causa por una supuesta violación a su mujer.

Los hechos se remontan al verano de 2004 cuando la víctima tenía entre siete y ocho años y fue a casa del acusado a pedirle un vaso de agua. Ambas familias, la del condenado y la de la víctima, eran vecinos de parcela en un terreno donde pasaban los fines de semana y temporadas estivales. Cuando la menor acudió a la casa del procesado, este le dijo que se pusiera junta a una hamaca y le quitó la ropa interior. Seguidamente, empezó a realizarle tocamientos mientras la niña le decía que parara y que quería irse a casa.

Según argumenta la sala, el testimonio de la víctima cobra, «objetivamente, prueba de cargo» ya que cumple con los tres requisitos que establece el Tribunal Supremo a este respecto: inexistencia de móviles espúreos, verosimilitud de la versión y persistencia en la incriminación. En cuanto al primer factor, el tribunal argumenta que «no consta la existencia de enemistar o animadversión» entre víctima y procesado en cuanto el propio acusado admitió que la relación con los padres de la niña era de «amistad estrecha».

En relación a la verosimilitud del relato de la menor, se destaca su «valor» y «fuerza convicción» y la confirmación de su versión con las aportadas por el resto de los testigos que declararon en el juicio que tuvo lugar el pasado 22 de abril. Por último, y en cuanto a la persistencia en la incriminación, se apunta que la menor ha mantenido la acusación en todas y cada una de las declaraciones efectuadas durante el proceso. Asimismo, el tribunal destaca el hecho de que la menor no dijera nada de lo sucedido hasta que no fue condenado por los abusos a la nieta por «su corta edad, la vergüenza a que se conocieran los hechos sufridos y el temor por las amenazas contra su madre si contaba lo sucedido».