Una sentencia del Tribunal Supremo excluye a Albacete del ámbito de delimitación de la Demarcación Hidrográfica del Júcar y refuerza el peso de los usuarios del Vinalopó y de los regadíos tradicionales del Júcar, además del Canal Júcar-Turia, en el controvertido reparto de las aguas del Júcar.

La sentencia, además, arroja múltiples incertidumbres sobre la legalidad del Plan Hidrológico del Júcar de 2014, que estableció una delimitación territorial cuestionada ahora por la sentencia, y condiciona la viabilidad del nuevo plan, actualmente en redacción.

El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente los recursos presentados por la Junta Central de Usuarios del Vinalopó, l'Alacantí y el Consorcio de Aguas de la Marina Baja y la Comunidad de Usuarios del Canal Júcar -Turia contra e Real Decreto 255/2013 de 12 de abril de ese mismo año que establecía la «composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica del Júcar».

La disposición recurrida contó con el apoyo expreso de la Abogacía del Estado, que en todo momento se inclinó hacia las posiciones del Gobierno, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental.

También la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia pidió sin éxito adherirse a las conclusiones de la Administración del Estado para desmarcarse después abandonando el proceso en marcha.

Los demandantes entienden que la no inclusión en las determinaciones del plan de las cuencas endorreícas de los ríos Quejola, Jardín y Lezuza y de Los Llanos de Albacete les deja en una situación de «ambiguedad e indefinición».

La ley contempla que las cuencas endorreícas—aquellas depresiones del terreno que no tienen un vertido claro hacia un cauce y desde este hasta el mar— deben ser consideradas cuencas intracomunitarias de la región en la que se encuentran y ajenas por tanto a las cuencas intercomunitarias como es el caso del Júcar.

Castilla-La Mancha hizo «casus belli» de la territorialidad, negando el carácter endorreico de estas cuencas—sostiene que drenan al Júcar a través del canal artificial de Maria Cristina— y exigiendo la exclusión de la demarcación Júcar de todos los ríos que desembocan en el mar sin vinculación física con el Júcar, lo que excluía incluso al Turia y a la Albufera, extremo este al que se opuso la Generalitat.

En el fondo, la territorialidad, según la entendía Castilla-La Mancha, suponía mayor peso de esta comunidad autónoma —especialmente de la ciudad de Albacete y de la Junta Central de Regantes de La Mancha Oriental— en los órganos de gestión de la Demarcación Júcar y,en general, en la gestión del agua de este río.