La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo examinará en su sesión de hoy miércoles la petición número 0157/2013 presentada por la Asociación Nacional Arca Ibérica, en relación a los proyectos de extracción de hidrocarburos mediante fractura hidráulica en el norte de la provincia de Castelló, denominados «Arquímedes», «Pitágoras» y «Aristóteles», impulsados en la actualidad por la sociedad mercantil SAMCA con sede en Zaragoza. Según informó Arca Ibérica en un comunicado, la citada sociedad, acogiéndose a la Ley 8/2015, de 21 de mayo, de Hidrocarburos, ha presentado ante la Generalitat Valenciana una «Modificación 2015» a los proyectos «Arquímedes», «Pitágoras» y «Aristóteles», esta vez mediante técnica convencional. Es decir, «sin utilizar como método de exploración y extractivo la fractura hidráulica, con la pretensión de buscar el hidrocarburo en la zona triásica del mismo subsuelo del Maestrat, más profunda que la Jurásica proyectada en el proyecto de fractura hidráulica, por cuanto que contempla atravesar el acuífero del Maestrat con el evidente riesgo de contaminación que también estaba presente en la técnica del fracking», criticó la asociación.

Arca Ibérica explicó que en la «Modificación 2015» persisten las mismas «deficiencias» medioambientales, no subsanadas, de las que adolecía la documentación técnica aportada en la solicitud inicial de emplear la fractura hidráulica, «aunque, esta vez, con el propósito de limitar el interés exploratorio en las zonas de Bobalar y Salzadella, donde existen dos pozos que fueron cerrados en los años 70 por insuficiencia de recurso rentable». La asociación considera que entre la documentación técnica presentada el 5 de noviembre de 2015 destaca «por su singularidad» el mapa de interés exploratorio el cual «no contiene ninguna leyenda ni aclaración de lo que en él se representa», y «no se da tampoco ninguna explicación de índole geológica o técnica que justifique la elección de esas zonas».

Impacto negativo

La Asociación Nacional Arca Ibérica considera que la propuesta «Modificación 2015» sigue representando un «impacto agresivamente negativo» en los ámbitos de actuación elegidos, sin dejar de ser una «reiteración» de las anteriores pretensiones «carentes de rigor ya confirmadas en los proyectos presentados en 2012, cuya ejecución supone la puesta en peligro del acuífero del Maestrat».

En su opinión, esta modificación incurre en «numerosas y graves deficiencias», como interpretar que, para la primera fase de investigación, la legislación no obliga a hacer Estudio de Impacto Ambiental, «contradiciendo flagrantemente el criterio de la Dirección General de Evaluación Ambiental, desconociendo la Ley Estatal 9/2006 y la Directiva 85/337 CEE de evaluación de Impacto Ambiental».