El juzgado de lo social número 2 de Castelló ha desestimado la demanda por despido improcedente interpuesta por el que fuera director de Castelló Cultural Vicente Farnós contra la Generalitat al considerar que la administración valenciana no conculcó ningún derecho fundamental y, además, ha acreditado las causas organizativas y productivas para prescindir de los servicios del exdirectivo.

En el mes de noviembre de 2015, el Consell anunció el despido del que había sido director ejecutivo de Proyecto Cultural de Castellón y coordinador de programación de Castelló Cultural, Vicente Farnós, nombrado en la etapa de gobierno autonómico del PP. La destitución

--según explicó entonces la Generalitat-- venía motivada por la reorganización de CulturArts que llevó a cabo la Conselleria a de Cultura (y que incluía la amortización del puesto de director ejecutivo y la creación de subdirecciones generales de Teatro y Música) y, además, por la imputación de Farnós en un caso de corrupción, Gürtel.

Ahora, en una sentencia fechada el 22 de julio a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez avala la decisión de la Generalitat y desestima los argumentos de Farnós, que sostenía que su despido era improcedente porque, entre otras cosas, la indemnización no estaba correctamente calculada y se había vulnerado la presunción de inocencia.

Al respecto, la resolución judicial cita jurisprudencia para defender que "hoy es doctrina uniforme el considerar aplicable la presunción de inocencia exclusivamente en el ámbito del proceso penal". "Es decir, no cabe apreciar la nulidad de un despido por vulneración del derecho a la presunción de inocencia como se plantea en este caso porque es un derecho que no despliega sus efectos en este ámbito jurisdiccional en los términos que pretende al parte demandante, por lo que su pretensión debe ser desestimada".

Además, recuerda que la imputación de Farnós en Gürtel --relacionada precisamente con su etapa al frente de Castelló Cultural-- se produjo ya en enero de 2014 y, sin embargo, se le reubicó en la primera fase de transformación de las entidades públicas gestoras de los espacios culturales de la Generalitat. Para el juez, resulta "peregrino" concluir, como "insinúa" el exdirector, que toda la normativa adoptada desde 2012 y los cambios que han supuesto el despido de mucha más personas, tuvieran como única finalidad prescindir de él por su vinculación con el PP.

Por el contrario, prosigue la sentencia, "ha quedado acreditado que desde las instancias correspondientes se ha pretendido articular la gestión de los espacios de los espacios culturales de al Comunitat Valenciana mediante un sistema que consideran más eficiente y menos personalista y que ha variado una organización puramente territorial por una basada en la especialidad de al materia, además de introducir criterios para la selección de personal más parejos a lo propio del sector público".

En la misma línea, asevera que la Generalitat "ha demostrado" que las causas organizativas para el despido concurren, ya que el puesto de trabajo que ocupaba Farnós ha dejado de ser necesario en la estructura de CulturArts. De hecho, manifiesta que durante el año 2016 se está llevando a cabo la actividad propia de los espacios culturales de Castellón "sin que haya trascendido problema alguno y no existiendo al figura de coordinador provincial".

Por todo ello, el juez decreta declara el despido procedente y niega cualquier reclamación económica "al no haberse acreditado la conculcación de derecho fundamental alguno y haber justificado la demandada la concurrencia de las causas organizativas y productivas que se exponen en la carta (de despido), la cual, aunque podría haber sido más explícita, informa lo suficiente para que el actor conozca el motivo por el que se prescinde de sus servicios al quedar vacío de contenido su puesto de trabajo".

Cabe recordar que el pasado viernes el pleno del Consell dio luz verde al decreto mediante el que se regula, limita y otorga transparencia al personal que ocupa puestos de carácter directivo del sector público instrumental de la Generalitat.

La nueva norma establece el número máximo de directivos que puede haber en un determinado ente en función de esta ordenación, detalla el régimen de retribuciones de los mismos, delimita aquellos puestos que se consideran directivos, unifica los criterios y procedimientos para su designación e introduce medidas como la petición de permiso a Hacienda o que los directores cesen junto al Consejo de Administración de los diversos organismos.

De esta forma, se pretende evitar que se repitan casos de nombramientos "a dedo" en la anterior administración donde se contrataba a personal al que se le otorgaba categoría y sueldo de alta dirección, han incidido fuentes de Presidencia.