La expropiación se plantea como la única alternativa posible para evitar que, atendiendo a una sentencia judicial, el municipio de Vila-real se vea obligado a devolver a su propietario original el terreno donde está construido el jardín del Botànic Calduch. Así lo explicó el representante legal del afectado, que recordó que en su día ya se inició este procedimiento con la presentación de la solicitud de inicio del expediente de justiprecio, a la que el consistorio respondió con una ocupación directa «sin negociación».

Más allá del debate político, que ha motivado un nuevo cruce de acusaciones entre el equipo de gobierno de Vila-real y el Partido Popular sobre quién tiene la responsabilidad de las consecuencias judiciales de la gestión urbanística, existe un proceso legal que se inició en el 2010 y que, desde el punto de vista del abogado del afectado, Ricardo Agulleiro, lo único que habría hecho es reconocer los derechos de su defendido frente a una intervención «salvaje» de la administración, al decantarse por la ocupación directa antes de llegar a un acuerdo con el propietario de los terrenos.

Agulleiro explicó ayer a este diario que la jueza de este proceso ha considerado que el procedimiento «es nulo porque las valoraciones que se realizaron en su día no son conformes con la valoración real del suelo de origen y el de destino». Aunque los términos legales puedan parecer complejos, la sentencia se fundamenta básicamente en que la decisión del ayuntamiento de Vila-real de ofrecer al propietario del solar otros terrenos en otras áreas de desarrollo urbanístico (antiguas Fritta y Alaplana) no se podía realizar a metro por metro, dado que el valor de unas zonas no tiene por qué ser el mismo que en otras, y este sería el caso.

El abogado del litigante explicó que en agosto de 2010, cuando el equipo de gobierno del PP informó a su cliente de su intención de construir una zona verde en su parcela «presentamos una hoja de aprecio con una valoración de algo más de 5 millones de euros».

Decidieron la ocupación directa

Si se hubiera seguido el trámite legal habitual, el ayuntamiento tenía un plazo de tres meses para presentar su valoración y continuar así con la tramitación de la expropiación «pero decidieron realizar la ocupación directa».

Agulleiro, quien recordó que la sentencia no es firme, explicó además que la jueza lo que establece es que, una vez anulado el procedimiento, se debe continuar con el procedimiento de expropiación en el punto en que se dejó de manera que, a no ser que el ayuntamiento decida recurrir la sentencia, se podría llegar a una acuerdo por el precio de expropiación.

El letrado afirmó que su cliente «no quiere ni sangrar al municipio, ni quedarse con el parque, solo espera que se reconozcan sus derechos justamente».