El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 28 años de prisión a un empresario gallego que contrató a un sicario para que matase a su ex pareja, y en cuyo asesinato murió un amigo de ésta, al entender que la persona que encarga un asesinato es responsable de todas las consecuencias como la muerte de una tercera persona.

«La responsabilidad de los partícipes se extiende hasta los límites de la actuación de los autores materiales», subraya la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo en la sentencia del pasado 15 de diciembre, recogida por Europa Press.

El alto tribunal ha desestimado el recurso presentado por el empresario gallego Isauro López y M.A.M.J., contra la sentencia dictada el pasado 2 de mayo por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que confirmó la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Castelló que condenó al empresario a 14 años de prisión por cada uno de los dos delitos de homicidio por ser autor por inducción por encargar la muerte de su ex pareja Yalennys Valero, que falleció tiroteada en 2005 en Càlig junto a su amigo Juan Manuel Mata.

El otro acusado fue condenado a una pena de 20 años de prisión por cada uno de los dos delitos de asesinato con la agravante de alevosía al ser considerado autor por cooperación necesaria. No obstante, ambos fueron absueltos del delito de allanamiento de morada del que fueron inicialmente acusados.

El alto tribunal destaca en su sentencia, que aunque López indujese matar a la joven y nunca solicitase el asesinato de su amigo, el que ordena dicha acción «deja casi siempre liberado» los detalles de la ejecución al autor -que ya fue condenado por estos hechos-. Es más detalla que cuando se contrata a la «fría y diestra actuación» de un sicario se proyecta la "clara probabilidad" de que éste pueda «dar muerte a cualquier que llegue a presenciar la ejecución del homicidio o de asesinato encomendado».