Tras una semana de confusión entre los propietarios de viviendas en la marjaleria de Nules-Borriana respecto a las implicaciones del anteproyecto de ley presentado por la Generalitat Valenciana para modificar la normativa urbanística autonómica, al desconocer cómo afectará su aplicación a su caso concreto, fuentes de conselleria de Territorio confirmaron que las construcciones realizadas antes de 2015 podrán legalizarse y por lo tanto salvarse del derribo.

Desde el Consell se recordó que «el texto legal aún no está aprobado y debe pasar el proceso de exposición pública y por Les Corts con las enmiendas que se introduzcan», aunque se insistió en remitir a lo que recoge el documento, que según señalaron ayer, «permite la minimización de impactos de todas las edificaciones que estuvieran acabadas antes de la entrada en vigor de la Lotup en el año 2015 y por lo tanto también los de la Marjaleria de Nules». Pero esta regularización no será a cambio de nada. La nueva ley especifica que será posible «siempre que los propietarios inviertan en sus inmuebles para evacuar los vertidos de forma legal, integren paisajísticamente la vivienda y minimicen el riesgo frente a posibles inundaciones».

Respecto a las construcciones que no tendrán salvación, ni siquiera con la nueva ley, en la modificación del artículo 210 de la LOTUP solo se hace referencia explícita a las que tengan una sentencia judicial firme ordenando el derribo, aunque ayer desde conselleria también se indicó que «las edificaciones tienen que tener unas mínimas garantías de salubridad y seguridad. En consecuencia, esta posibilidad de legalizar no afectará a los casos de edificaciones construidas en los cauces o zonas muy peligrosas».

Esta nueva realidad se convierte en la luz al final del túnel que buscaban cientos de propietarios que durante años han exigido una respuesta de esta envergadura a las administraciones competentes, pero llega tarde para veinte de vecinos que en los dos últimos años decidieron derribar para evitar las denuncias coercitivas que impone la Generalitat en los expedientes administrativos abiertos.

Obra ilegal

Sobre ellos, desde conselleria se explicó que «ejecutaron en su momento una obra ilegal y se les ha de aplicar por parte de la Administración la legislación vigente». De este modo, defendieron que «la posibilidad que ahora se pretende regular en la modificación de la Lotup es una salida excepcional para dar una solución práctica al problema que durante décadas se ha generado por la inacción de los anteriores gobiernos del PP y para afrontar el grave problema ambiental y social creado». Así, si los propietarios de viviendas ya derribadas esperan alguna especie de compensación, desde la conselleria se advirtió que «la nueva regulación legal no puede dar respuesta a los casos de edificaciones que actualmente ya no existen».

De la misma manera, la situación es irreversible para aquellos sobre los que pesa una sentencia firme. «No existe la retroactividad en la vía judicial, aunque la Generalitat quisiera dar una solución legal a estas situaciones no podría hacerlo», señalaron desde la Generalitat, añadiendo que «serán los jueces y tribunales a través de las resoluciones que se dicten en los incidentes de ejecución de sentencia, los que marquen el criterio a seguir con estas edificaciones».