El Juzgado de Instrucción nº 1 de Nules está archivando los diversos procedimientos abiertos tras la querella presentadas por el Partido Popular de Almenara contra los trabajadores y funcionarios del Ayuntamiento de Almenara por presuntos delitos de tráfico de influencias.

El titular del Juzgado ha considerado que «ningún elemento indiciario concurre respecto de la presunta comisión del delito imputado a los aquí investigados, más que meras sospechas sin sustento probatorio, conforme a la documental obrante en autos y las numerosas declaraciones prestadas en el seno de este Procedimiento».

Reconoce el primer Auto judicial que «constan en las actuaciones, y así lo ha reconocido también la testigo, Secretaria del ayuntamiento, que el ayuntamiento no sólo contrata con la compañía REALE», y que incluso la Sindicatura de Comptes ha tenido en cuenta que «ninguna tacha al procedimiento de contratación de las pólizas se ha efectuado por parte de las personas con competencia para ello dentro de la corporación local».

Respecto a la segunda querella presentada por el PP contra los trabajadores municipales también se ha declarado su archivo debido a que la única resolución respecto a la contratación de los servicios del anterior Servicio Jurídico del ayuntamiento «fue declarada nula tras acordarse de oficio por la Junta de Gobierno Local su revisión, a instancia de la propia alcaldesa previo informe de la Secretaria» y no consideró «que sus firmantes actuaran a sabiendas de su injusticia», y añadieron que la citada asesoría fue despedida por el Ayuntamiento de Almenara.

Tercera querella interpuesta

Finalmente, la tercera querella interpuesta por el PP contra los funcionarios municipales que gestionan el Plan Extra de Empleo que anualmente oferta el Ayuntamiento de Almenara para mitigar la situación en que se encuentran los parados de la población, ha sido desestimada por el juzgado respecto a la contratación de una determinada trabajadora en este plan ya que ningún elemento concurre a una presunta comisión de delito.

Además, la contratada «no era la primera vez que participaba en el citado programa de empleo, tenía la titulación adecuada para el puesto asignado, no había otros participantes con mejor derecho, desempeñó sus funciones con las mismas condiciones que el resto de participantes».