El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la nulidad de las licencias de obra del edificio Playa Ribera de Torre la Sal, en Cabanes. El TSJCV se reafirma en una sentencia de 2014 por la que anuló estas licencias y especifica ahora que el fallo debe cumplirse con la demolición de este bloque de 190 viviendas. La sentencia de junio de 2017 señala que el consistorio «puede incoar y tramitar un expediente de restauración de legalidad urbanística». La urbanizadora insta al consistorio a explorar esta vía.

El TSJ valenciano declaró en 2014 nulas las licencias de 396 viviendas, aparcamientos y zonas comunes de los edificios Playa Ribera y Rosa de los vientos. Playa Ribera cuenta con 190 viviendas y Rosa de los vientos no llegó a construirse. Dichas licencias fueron otorgadas en 2007 por el ejecutivo del Partido Popular en una junta de gobierno, siendo alcalde Artemio Siurana. Ahora gobiernan PSPV y Compromís.

El tribunal consideró que la tramitación infringió la LUV «por no constar en las licencias el compromiso de no utilizar la edificación hasta la conclusión de las obras de urbanización y de incluir tal condición en las transmisiones de propiedad o uso del inmueble, debiendo contener expresamente la licencia de urbanización y edificación simultánea y que el compromiso debía hacerse constar en las escrituras de declaración de obra en construcción o de obra nueva».

A su vez, la sentencia del TSJ determinó que «no se cumplieron los condicionantes exigidos en el acuerdo de aprobación del plan parcial respecto a la desaladora y una nueva depuradora y que las soluciones provisionales finalmente adoptadas no cumplen los condicionantes de la DIA». En la sentencia de 2014 no se especificaba la demolición del edificio. En la sentencia de 2017 sí se confirma que «debe ser acordada la demolición del edificio construido con la licencia declarada nula por no estar amparada la edificación en licencia alguna».

El Ayuntamiento de Cabanes explicó que «entre las posibles salidas estaría el recurso de la sentencia, solicitar la suspensión de la ejecución de la sentencia o la posibilidad de legalizar el edificio con una licencia de obras nueva».

Por su parte, la urbanizadora remarcó que, en la sentencia de 2017, el TSJCV indica que «el Ayuntamiento de Cabanes puede incoar y tramitar un expediente de restauración de legalidad urbanística». La promotora aseguró haber solicitado la rehabilitación de la licencia de obras en enero de 2016, «sin que el ayuntamiento la haya tramitado. Se repite así, por parte del ayuntamiento, la inactividad que hasta la fecha viene aplicando en el Sector Torre La Sal».