La sección primera de la Audiencia Provincial de Castelló ha condenado a un hombre a dos años y tres meses de prisión por robar 50 euros de una óptica de la calle Trinidad de la capital de La Plana tras romper el cristal del escaparate y acceder al interior.

Según la sentencia, hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, las acusaciones y el autor del robo alcanzaron un acuerdo respecto a la pena antes de la celebración del juicio.

El acusado, de 31 años de edad y con antecedentes computables por hechos similares, se dirigió al establecimiento de la calle Trinidad el 16 de julio de 2016. El relato de los hechos describe que la entrada del ahora condenado se produjo con el ánimo de conseguir un «ilícito beneficio». Para ello, levantó «con violencia» la persiana del establecimiento y golpeó el cristal del escaparate y la puerta y accedió al interior del mismo. Allí, prosigue el relato, abrió la caja registradora y sustrajo 50 euros. Cabe apuntar que en el juicio la propietaria no reclamó una indemnización por estos hechos. Se da el caso que la compañía aseguradora cubrió con la reparación ocasionada en el robo.

Antes de la celebración del juicio el abogado de la defensa y el de la acusación alcanzaron un acuerdo por el que el acusado ha aceptado cumplir una pena de dos años y tres meses de prisión por un delito de «robo con fuerza en las cosas», según reza la sentencia.

Cabe apuntar que el condenado presentaba antecedentes penales por tres sentencias firmes con el mismo delito de robo con fuerza. Se trata de sentencias por hechos sucedidos el 10 de noviembre de 2015, el 13 de noviembre de 2015 y el 5 de mayo de 2016. Es decir, que la sentencia conocida este lunes confirma la acción de este reo en cuatro robos con fuerza entre noviembre de 2015 y mayo de 2016.

Así mismo, la ley de enjuiciamiento criminal establece que ambas partes podrán presentar un escrito de conformidad con la aprobación del acusado para que se dicte sentencia con la aceptación de la pena; un extremo que no puede ser manifestado en el caso de que la petición superara los seis años de prisión.

Debido a esta circunstancia, el magistrado procedió en la vista a dictar sentencia in voce, cuya firmeza fue confirmada también en el mismo acto al declarar tanto la representante del Ministerio Fiscal como las letradas de la defensa que no iban a formular recurso alguno contra dicha sentencia, fruto del acuerdo al que habían llegado las partes.