Un vecino de la Vall d'Uixó ha conseguido recuperar los gastos que tuvo que desembolsar en el momento de formalización de su hipoteca. La cantidad que recupera asciende a 3.677,01 ?, más los intereses legales desde el momento de su desembolso. Esta noticia se debe a la sentencia estimatoria de la demanda interpuesta por la letrada Rosa Pi Giménez, solicitando la nulidad de la cláusula de atribución indiscriminada de gastos a la parte prestataria, que contenía la escritura de préstamo hipotecario.

Los gastos que se obliga a devolver al prestatario en la presente sentencia son de Notaría, de Registro de la Propiedad, de Gestoría, y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Además de declarar la nulidad de la citada cláusula, también se declara nula la cláusula que establece los intereses de demora por considerarlos abusivos, y la cláusula que establece la comisión por reclamación de posiciones deudoras por no corresponderse con ningún servicio prestado por el banco.