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Tribunales

La juez obliga a un banco a devolver gastos de un crédito

La magistrada considera «abusivas» algunas cláusulas de un préstamo hipotecario Condena a la entidad financiera a abonar 3.555 euros a un cliente

La titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 Bis de Castelló ha estimado parcialmente la demanda de un cliente contra una entidad financiera que reclamaba la devolución de los gastos de gestoría y comisiones derivados de la firma de un préstamo hipotecario. La magistrada falla, parcialmente a favor del cliente, y obliga a la entidad, el Banco Santander, a devolverle la cantidad de 3.555,29 euros.

El demandante ejercitó la acción de nulidad por la «abusividad» de dos de las cláusulas de la escritura pública de la hipoteca. Mientras, la entidad bancaria se opuso a la reclamación por haber transcurrido 12 años desde el otorgamiento de la escritura del préstamo «y el conocimiento de la obligación de abono por el prestatario y su asunción libre y voluntaria, y la legalidad de las cláusulas invocadas».

En la resolución, la juez declara la nulidad de pleno derecho «por abusiva» una cláusula financiera de la escritura relativa a las comisiones por posición deudora por importe de 25 euros que será exigible por cada posición deudora o vencida y reclamada.

La magistrada también declara la nulidad parcial igualmente por «abusiva» de la cláusula 5.ª de la escritura que impone al prestatario el abono de los gastos que se causen por el otorgamiento de la escritura, «por la expedición de primera copia y una copia simple para la entidad acreedora, y los derivados de cualquier documento que complete la presente o que sea preciso otorgar o inscribir para la plena eficacia de la hipoteca, incluso las escrituras de cancelación total o parcial de la misma. Gastos de notaría, tramitación y registro de la propiedad».

De esta forma la juez condena al Banco Santander a devolver al cliente las cantidades que abonó en virtud de cada una de las cláusulas declaradas nulas, «desde la fecha del otorgamiento de la escritura pública hasta la actualidad»".

También considera que queda acreditado documentalmente los gastos de notaría, aranceles de registro y gestoría, «por lo que procede su restitución».

La demanda del cliente ha sido dirigida por el bufete de abogados Estrems.

Esta es la primera sentencia en este sentido que dicta la juez de refuerzo del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Castelló.

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