MÓNICA ROS LA POBLA DE FARNALS
La moción de la Pobla de Farnals es legal. Así lo ha asegurado la titular de la sala de lo contencioso administrativo nº5 de Valencia, tras la denuncia presentada por el abogado del Estado para anular tanto el acuerdo adoptado por la moción de censura como el de las retribuciones del nuevo equipo de gobierno.
Tras la moción de censura celebrada el 18 de octubre de 2008 -firmada por seis ex ediles del PSPV y dos tránsfugas del PP- el abogado del Estado presentó un contencioso administrativo en el que solicitaba la suspensión cautelar de ambos acuerdos.
Sin embargo, la jueza asegura en la sentencia que la suspensión de acuerdos vinculados a una moción de censura pone en juego "un derecho constitucional de participación política protegido por la Ley de Régimen Electoral General". Es más, la magistrada avala la tesis de que -si se decreta la suspensión cautelar del acuerdo- "se causan más daños a los intereses públicos" que si se mantiene el acuerdo, pues "ha sido la mayoría del ayuntamiento la que ha decidido la moción de censura".
La sentencia explica que adoptar la suspensión cautelar de la moción de censura exige, de "modo ineludible, que el recurso pueda perder su finalidad legítima, lo que significa que, de ejecutarse el acto, se crearían situaciones jurídicas irreversibles haciendo ineficaz la sentencia que se dicte, e imposibilitando el cumplimiento de la misma en sus propios términos". Además, la jueza argumenta que también puede denegarse la suspensión cautelar "siempre que se aprecie perturbación grave de los intereses generales o de terceros".
Sin acreditar los daños
La sentencia también asegura que, en el caso de la Pobla de Farnals, "no es suficiente una referencia genérica a los perjuicios que se causarían en el plano jurídico, político y económico" sino que "hay que acreditarlos, cosa que la abogacía del Estado no ha hecho". La jueza concluye, asegurando que el acuerdo del 18 de octubre de 2008, "se adoptó siguiendo las prescripciones legales" e ir más allá, "supondría prejuzgar el fondo del asunto", algo que la magistrada evita.
Tras la moción de censura del 18 de octubre, las denuncias contra el Ayuntamiento de la Pobla de Farnals -por diferentes motivos- se acumulan. La última fue la presentada por el abogado del Estado porque el ayuntamiento carece de libros de actas desde el año 2000. Ésto podría suponer, según la denuncia presentada, la anulación de todos los acuerdos. Sin embargo, el ex alcalde socialista Josep Vicent Sanchis explicó que el consistorio no ha recibido ninguna notificación oficial al respecto. Es más, Sanchis añadió que las actas de los acuerdos plenarios "están casi todas al día" y apuntó a que es "muy habitual que los ayuntamiento carezcan de libros de actas porque esto no afecta a la validez de los acuerdos adoptados". m. ros la pobla de farnals