El Ayuntamiento de Antella ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra la Conselleria de Hacienda y Empleo en contra de la minoración en 4.227,95 euros de una subvención concedida para el fomento del empleo público después de que la Dirección Territorial de Empleo advirtiera que uno de los trabajadores contratados gracias a esta ayuda, el marido de la alcaldesa, Isabel Giménez, no se encontraba desempleado en el momento de su contratación.

La conselleria concedió en junio de 2008 una ayuda de 18.129,46 euros al Ayuntamiento de Antella para la contratación de una brigada compuesta por 5 trabajadores (4 peones y 1 capataz) durante 2 meses y 16 días, así como 693 euros para la compra de equipos. Sin embargo, en diciembre de 2008, Empleo notificó al consistorio que, tras detectar que el trabajado J. G. P. (cónyuge de la primera edil) "figura de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre de 2008", procedía a minorar la cuantía de la subvención en 4.227,95 euros, "correspondientes a la contratación del capataz J. G. P., por no encontrarse desempleado en el momento de su contratación", según la resolución enviada.

Cadena de recursos

La alcaldesa de Antella, Mª Isabel Giménez, sube ahora un peldaño más. Si primero solicitó revocar esta resolución mediante un escrito de alegaciones y después presentó un recurso de reposición, ahora lo intenta por la vía judicial.

Según los argumentos esgrimidos por la corporación, J. G. P. estaba parado cuando fue contratado porque estaba inscrito en la oficina Servef de Xàtiva como demandante de empleo. "Se dio de alta el 21-02-08", puntualiza. Su nombre fue incluido en el "listado de personas candidatas enviadas a la oferta de empleo" presentada por el ayuntamiento y según la cual se realizó la baremación. "Nada se le puede reprochar desde el punto de vista administrativo a la hora de contratar a un desempleado demandante de empleo en su día y que aparecía en la lista remitida por la oficina del Servef". El consistorio insiste en que "no es el competente para verificar situaciones o incidencias que escapan por completo de sus competencias", dice en referencia al alta como autónomo, algo que, considera, "compete al Servicio Valenciano de Empleo".

Sin embargo, desde la Dirección Territorial de Empleo se ha insistido en diversas ocasiones en que "corresponde a la entidad beneficiaria justificar ante el órgano concedente [...] el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinan la concesión o disfrute de la misma".