El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Requena ha condenado al Club Cinegético Jaragüense, en el término municipal de Venta del Moro, a pagar más de 68.000 euros en concepto de indemnización a dos agricultores por los daños que los conejos de monte ocasionaron en sus producciones entre los años 2008 y 2009.

La sentencia del tribunal condena a esta asociación de cazadores a indemnizar a los agricultores afectados por la superpoblación de conejos que desde 2008 afecta a gran parte de las explotaciones inscritas en la Denominación de Origen Utiel-Requena amparándose en el articulado de la Ley Valenciana de Caza, puesto que los viñedos afectados se encuentran dentro del coto de caza administrado por los cazadores de Jaraguas.

Concretamente, el artículo 41 de esta ley establece como responsabilidad de los cotos de caza los daños que puedan causar las especies cinegéticas que se encuentran dentro del área acotada y obliga a los clubes que administran esas zonas a indemnizar a los afectados. La legislación también contempla la contratación de un seguro de responsabilidad civil que ayude a pagar estas eventualidades a los cazadores.

El tribunal establece en su sentencia que los cazadores no dejan probado "que adoptaran medidas eficaces a la vista de los daños causados, ya que si hubieran adoptado medidas eficaces no se habrían causado daños materiales de tanta entidad". En este sentido cabe recordar que uno de los afectados perdió la cosecha de unos 5.000 viñedos y el otro sufrió daños en una plantación de 12.000 vides, perdiendo dos cosechas consecutivas, más los gastos necesarios para recuperar esas plantas.

Asimismo niega en su argumentación que las piedras que forman los taludes por donde pasa el trazado de la autovía A-3 "influyeran de forma notable en la superpoblación o proliferación de los conejos y que las piezas de caza han podido sobrepasar la zona de seguridad, pero en cualquier caso provienen del coto, donde de haberse adoptado medidas para impedir la proliferación de conejos y de haber sido cazados de forma eficaz en las zonas donde se podían cazar, se hubiese impedido que los conejos se extendiesen a zonas donde no se podían cazar y no habrían causado, como es lógico, daños en las cepas. No habiéndose acreditado que la sociedad de cazadores adoptara las medidas necesarias para la evitación del daño".

Esta es la primera sentencia emitida por un juzgado que condena a una sociedad de cazadores de la comarca de Requena-Utiel por no haber tomados medias suficientes para evitar los daños producidos por los conejos a producciones agrarias dentro del área comprendida por la zona acotada que administra. Aunque según ha podido saber Levante-EMV existe otra denuncia contra otro club de caza de la comarca. La asociación de Jaraguas ha recurrido el dictamen de los tribunales.