El Ayuntamiento de Requena sancionará económicamente y bloqueará durante los próximos seis meses los efluentes de una empresa de curtidos de la población por reincidir en el vertido de cromo al alcantarillado público, llegando a superar en 800 veces la cantidad máxima permitida por la ordenanza municipal. Además de infringir también la normativa en cuanto a conductividad y dilución de nitratos en el agua, la contaminación por metales pesados ha dejado inservibles para uso agrícola todos los lodos generados por la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) de Requena, donde van finalmente todos los vertidos realizados al alcantarillado público.

Bajo un programa de vigilancia

La empresa sancionada estaba sometida a un programa de vigilancia y otro de autocontrol de efluentes después que en julio de 2011 le fuese suspendido durante varios días el vertido a la red pública, tras detectar que el agua procedente de sus instalaciones contenía unos límites de Cromo III por encima del máximo de los 2 mg/litro que establece la normativa local. Estas dos medidas de control son los que han puesto de manifiesto que se estaba realizando el vertido irregular.

En el mes de septiembre los controles realizados por la empresa contratada por el ayuntamiento para la vigilancia ambiental de los efluentes al alcantarillado público informó que en los análisis realizados se había detectado la presencia por encima de los límites legales de Cromo III. Posteriormente la empresa gestora de la EDAR comunicó a Medio Ambiente que los lodos de la depuradora habían sido trasladados a un gestor autorizado porque no podían utilizarse como abono agrícola porque estaban contaminados con Cromo III.

Sanción administrativa

Todos los datos remitidos al ayuntamiento fueron confirmados por el programa de control de la misma empresa, en el que las mediciones daban concentraciones de Cromo III superiores a los 400 mg/litro a principios de septiembre, ese mismo mes la presencia de este metal pesado en el agua llegó hasta cifras que superaron los 1.700 mg/litro.

Debido a que la industria es reincidente el ayuntamiento le impondrá una sanción de 3.000 euros, le trasladará los 6.480 euros que cuesta el tratamiento de los lodos de la EDAR y las suspensión de vertido durante 6 meses. Además de la cantidad que incremente el canon de vertidos por esta irregularidad, que podría superar los 100.000 euros.