El urbanismo en Calp está seco. Es evidente que con la crisis ya no se mueve un ladrillo. Pero hay otro motivo. El agua potable escasea. Calp la tiene a unos cuantos kilómetros de distancia puesto que se trasvasa desde los pozos Lucífer de la Vall de Laguar. Da para abastecer al municipio, pero no para mucho más. Por tanto, el desarrollo urbanístico de la ciudad del Penyal pende de un hilo de agua.

El Tribunal Supremo, en una sentencia del pasado 16 de mayo, rechaza el recurso presentado por la Generalitat Valenciana para tratar de desbloquear el plan parcial de mejora del sector 16 Gargasindi de Calp. El Supremo estima que debe seguir vigente la paralización de este programa urbanístico decretada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana hace ahora algo más de un año.

Resulta curioso que, mientras que la comisión territorial de Urbanismo aprobó el plan en 2007 sin tener en cuenta el informe desfavorable de abastecimiento de agua, el TSJ sí lo considerara vinculante hasta el punto de dictar un auto que suspende el plan parcial. Ahora el Supremo ratifica ese auto y recuerda que ese informe negativo, fechado en diciembre de 2007, indica que el agua prevista para la actuación debe proceder de los pozos Lucífer y Barranc Salat I y II. "El volumen del primero se usa en su totalidad para el abastecimiento del municipio de Calp, mientras que está paralizada la tramitación de la concesión de los pozos Barranc Salat I y II" y, por tanto, "no existe disponibilidad" de agua para este programa urbanístico.

En su recurso de casación, la Generalitat Valenciana alegaba que no se iban a producir "daños y perjuicios" porque la vigencia del acuerdo estaba supeditada a obtener un informe positivo de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre recursos hídricos. También apela al interés público de dar luz verde a este plan urbanístico.

Sin embargo, el Tribunal Supremo deja claro que el único interés general que prevalece es el de garantizar que las nuevas viviendas tengan agua potable. Y recomienda no empezar la casa por el tejado, es decir, primero debe haber un informe favorable de suministro y luego aprobarse el plan.