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Transportes

Condenan a Alboraia a pagar 29,5 millones que aún adeuda al Consell por soterrar el metro

El contencioso considera que el ayuntamiento ha incumplido el convenio que firmó el PP por el que asumía la mitad del coste de la obra

Acto de retirada de las vías de la línea 3 en Alboraia y apertura del nuevo paso subterráneo. Levante-EMV

El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Valencia ha estimado parcialmente el recurso interpuesto en 2014 por la Conselleria de Infraestructuras (ahora de Vivienda, Obras Públicas y Territorio) contra el Ayuntamiento de Alboraia y la empresa municipal Egusa, y condena al municipio a pagar los 29,5 millones que aún le adeuda a la Generalitat por el soterramiento de las vías del metro. El juez considera que el ayuntamiento y Egusa están incumpliendo el protocolo de colaboración firmado el 11 de mayo de 2005 —cuando el PP gobernaba la administración local y autonómica— por la que el ayuntamiento y la conselleria se comprometían a pagar las obras a medias, a razón de unos 34 millones de euros cada uno.

La sentencia no es firme y el consistorio y Egusa ya han presentado su recurso de apelación. Por su parte, la actual dirección de la conselleria, además de destacar también que la condena no es definitiva, asegura que su «sensibilidad» ante las dificultades de pago por parte del ayuntamiento «es mayor que la del PP». Aun así, y según ha señalado un portavoz del departamento a este periódico, la Generalitat no contempla perdonarle la deuda al municipio si la condena llega a declararse definitiva, aunque anuncia una «comisión» para tratar el caso y asegura que ya estudia con el gobierno local socialista alguna manera para facilitarle el pago de los 29,5 millones de euros adeudados, a los que habría que añadir los intereses devengados desde la fecha de interposición del recurso.

Fue el 1 de diciembre de 2006 cuando se firmó el convenio entre Egusa y el ente gestor de la red de transporte de la Generalitat (GTP) donde se indica que la empresa municipal debía ir entregando a la GTP 34 millones de euros para la «modificación de rasante y urbanización en superficie de la línea 3 de FGV en Alboraia y la prolongación de la línea 4 de tranvía Patacona, Peixets y Port Saplaya». El soterramiento de las vías quedó inaugurado en diciembre de 2010 y Egusa llegó a pagar 8,5 millones de euros de su parte, pero en enero de 2013, cuando en el consistorio ya no estaba el PP y gobernaba un cuatripartito PSPV-Compromís-UPPA-Cialbo, la empresa municipal devolvió dos certificaciones en concepto de gastos financieros al considerar que no estaban acreditados.

Un mes después la corporación municipal aprobó por unanimidad (incluyendo el voto a favor del PP) una moción de Compromís solicitando que la Generalitat «absorba» la deuda por el soterramiento de las vías y «renegociar los acuerdos firmados con el objetivo de conseguir un nuevo acuerdo que permita la recuperación económica del ayuntamiento». La entonces consellera Isabel Bonig contestó a esta petición subrayando que la Generalitat «no va a asumir la deuda» y que el ayuntamiento «debería poner una línea presupuestaria durante tantos años para pagar la infraestructura».

Y en diciembre de 2013, el consejo de administración de Egusa aprobó, basándose en un informe jurídico y con los votos favorables de los representantes de PSPV, Compromís y Cialbo, acordó rechazar el pago de todas las certificaciones de obra y, además, exigirle a la conselleria que le devolviera los 8,5 millones que ya había pagado.

También reclamaba Egusa 2 millones que abonó por las opciones de compra de terrenos de la huerta de Vera a los que iba a trasladarse Alcampo antes de que la propia Generalitat diera al traste con el proyecto al considerar que esa zona de huerta no podía urbanizarse. Cabe recordar que para pagar los primeros (y, por ahora, únicos) 8,5 millones, el anterior gobierno de Manuel Álvaro echó mano de los 23,5 millones que le adelantó una empresa en concepto de futuros beneficios por el PAI de Alcampo y que ahora esta promotora (Quabit) también le reclama al ayuntamiento a través de otro contencioso, todavía por resolver.

Amparar un fraude de ley

En la sentencia, el juzgado rechaza la mayor parte de las peticiones de inadmisibilidad del recurso presentadas por Egusa y el consistorio. Por ejemplo, alega el ayuntamiento que quien formalizó el convenio fue una «entidad mercantil» (Egusa) por lo que no se le puede reclamar nada a la administración municipal. El juez contesta que «la que realmente está actuando es la entidad pública, que difícilmente podría eludir la aplicación del derecho administrativo si actuara directamente», por lo que si estimara la admisibilidad, el juez estaría «amparando un fraude de ley, cuando la otra parte confiaba en que el interlocutor era la administración local». Sólo acepta el juez que se descuente de la petición de la conselleria los 8,5 millones ya pagados por Egusa.

No tramitar el PGOU «impidió» que el consistorio pagara

Egusa y el Ayuntamiento de Alboraia ya han presentado su recurso de apelación contra la sentencia provisional, insistiendo en algunos de los argumentos que el juez rechazó en su fallo de octubre de 2015. El primer motivo es que el contencioso se interpuso a una actividad «no susceptible de impugnación» pues la conselleria no agotó las vías administrativas para reclamar los 29,5 millones. También considera Egusa que se infringió el principio de confianza legítima ya que la financiación del 50 % del coste se basaba en la «fundada confianza» de que la liberación del suelo de las vías iba a generar rendimientos urbanísticos, tal como se preveía en la revisión del PGOU, que se encontraba en fase de concierto previo. Pero la propia Generalitat impidió la aprobación del plan «imposibilitando, en consecuencia, que se generaran» estas plusvalías con las que Alboraia pretendía asumir su parte del coste del proyecto. Insiste también en el «enriquecimiento injusto» para la administración autonómica por no eliminar de la deuda 2,3 millones en concepto de plusvalías y cargas. Y, por último, considera improcedente la condena al pago de 2,9 millones de los gastos financieros por el retraso en el pago de certificaciones «al no estar acreditados». v. c. m. alboraia

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