I. Olmos, Catarroja

Los hechos arrancaron en enero de 2006, cuando la Policía Local avisó al propietario de la denuncia presentada por un vecino y le instó a adoptar medidas que evitaran que los ladridos del animal continuaran molestando al vecindario. Según recoge el expediente, en septiembre de 2007 el mismo denunciante volvía a presentar de nuevo una instancia denunciando que el perro seguía ladrando y molestando.

Ante la segunda denuncia, el propietario del animal alega que éste "nunca ladra en periodos nocturnos" y, además, adjunta una decena de firmas de vecinos de su misma finca que apoyan que el can "no es ningún problema debido a que se le ha puesto remedio en su día con un collar antiladridos y tiene todos los papeles en regla".

Desde las 8 hasta las 20 horas

Pero, el denunciante no está de acuerdo e incluso especifica la franja horaria en que se producen los ladridos: desde las 07:45 horas hasta el mediodía y desde las 16 hasta las 20 horas.

Ante todo ello, el ayuntamiento afirma que la ordenanza municipal sobre tenencia y protección de animales de compañía de Catarroja establece que éstos no deben causar ningún tipo de molestias al vecindario y, añaden que la normativa autonómica recoge multas de entre 30 a 300 euros en caso de infracción leve -como es el caso- si no se toman medidas para evitarlo y la confiscación del animal.