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Ramón Ferrando, Valencia
El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de asilo en España a una nigeriana refugiada en Valencia que fue sometida a una ablación de clitoris y a un matrimonio forzoso con un vecino musulmán mucho mayor que ella. El Supremo considera que la víctima, que tiene 33 años y responde a las iniciales B.O., debe ser protegida porque sufre una persecución en Nigeria por ser mujer.
El Supremo ha desestimado el recurso del abogado del Estado, que se oponía a la concesión del asilo al considerar que no había acreditado que fuera una mujer perseguida ni que solicitase protección de las autoridades de su país dado que la ablación está prohibida desde 2000.
El Tribunal Supremo señala en su resolución que es causa de asilo el hecho de que exista "una situación de desprotección y marginación social, política y jurídica de las mujeres en su país de origen que vulnere de forma evidente y grave sus derechos". La sentencia cita un informe del Alto Comisionado de la ONU para los refugiados (Acnur) que recoge que el Código Penal nigeriano establece explícitamente que la violencia ejercida por el hombre dentro del matrimonio no constituye una ofensa si está permitido por la costumbre.
Acnur advierte de que a pesar de que la mutilación genital femenina ha comenzado a descender en Nigeria, sigue siendo común en las áreas rurales y entre las etnias edo -a la que pertenece la mujer- y urhobo.
La sala de lo Contencioso -Administrativo considera suficientemente acreditados los hechos que expuso la refugiada como causa de su salida de Nigeria y que reflejan "un contexto familiar y social en el que se le obligó a someterse a esta bárbara práctica". El Supremo cierra el fallo apuntando que hay suficientes indicios de que la refugiada sufría en su país una persecución por ser mujer.
Cear Valencia
El recurso lo interpuso la delegación valenciana de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (Cear). Sara Verdú, coordinadora de Cear en Valencia, lamentó que el Gobierno español reclame a las personas que huyen de su país "la carga de la prueba de la persecución. La Convención de Ginebra sólo exige que exista un temor fundado a ser perseguida. La ablación es una práctica que continúa presente en muchos países africanos". Verdú insistió en la importancia de que concedan la condición de refugiado "a los más débiles".
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