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LEVANTE-EMV VALENCIA
La sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado la querella por calumnias presentada por el presidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, contra la diputada del PSPV en las Corts Valencianes Ana Noguera, por unas manifestaciones realizadas en un artículo de opinión.
En el escrito del TSJCV se señala que una vez valorado el artículo de opinión en su conjunto, la sala de lo civil y penal entiende que "no se realiza en el mismo ninguna imputación de concretos y genuinos hechos delictivos contra el querellante". Asimismo estima que las expresiones "pueden resultar molestas e irónicas pero, valorando el artículo en su conjunto y en el contexto en el que se realizan, no implican la imputación de un delito de malversación de caudales públicos".
La diputada manifestó en un artículo de opinión publicado en Levante-EMV el 18 de noviembre de 2008 expresiones en las que, según Carlos Fabra, se le imputaban falsamente los delitos tráfico de influencias, malversación de caudales públicos y cohecho. Los magistrados argumentan que no se aprecia el "necesario y exigible ánimo de calumniar y difamar", sino que "lo que realiza en realidad es una crítica de tipo político, y de exigencia, a juicio de la querellada, de una conducta ética". "Dichas manifestaciones no impliquen una clara y concreta imputación de un delito", añade.
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