La sección segunda de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha ordenado la ejecución provisional de la sentencia de 9 de marzo que anuló la aprobación y adjudicación del PAI "Sector Golf" del Coto Català de Llíria.

La promotora Sector Residencial La Maimona, el Ayuntamiento de Llíria y la Generalitat Valenciana habían pedido al tribunal que exigiera a los autores del recurso judicial-Centro de Acuicultura Experimental (CAE) y Agrupación de Interés Urbanístico Tos Pelat- una fianza de 7 millones de euros "destinada a impedir la ejecución provisional de la sentencia", denuncian los interesados.

El citado auto confirma la sentencia de la sala de lo contencioso que estimó parcialmente el recurso presentado por el CAE y la AIU Tos Pelat en el que se pedía la anulación del acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Llíria de enero de 2006 por el que se aprobaba el PAI por gestión indirecta-adjudicada a Sedesa y Bancaja Habitat-del Coto Català.

Pese al largo argumentario de carácter fundamentalmente ecológico y proteccionista presentado por los peticionarios de la impugnación, el TSJ sólo consideró en su sentencia el hecho de que el PAI fuera adjudicado a una entidad "que no estaba debidamente clasificada para contratar con la Administración".

Dicho de otro modo, la sentencia, ahora ratificada por el auto de ejecución, ratifica la nulidad de las disposiciones como el acuerdo municipal de Llíria basadas en la ley urbanística valenciana de 15 de noviembre de 1994, después modificada, por cuanto contravienen lo dispuesto en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y "vulnera los principios de no discriminación y libre concurrencia" en la adjudicación de los PAI.

Pese a esta sentencia, la promotora inició hace unas semanas las obras ahora paralizadas.