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REGINA LAGUNA VALENCIA
Ejemplar ha sido la sentencia dictada por el magistrado del Juzgado de lo Penal número 12 de Valencia, José Luis Rubido de la Torre, al condenar a la dueña de un local de copas que el 15 de diciembre de 2006 impidió la entrada a ocho jóvenes con síndrome de Down que habían salido de fiesta con sus monitoras. La condenada, Corral C. S., les echó "por sus condiciones personales exclusivamente".
Al juicio, celebrado en varias sesiones de junio y julio, acudieron numerosos padres y jóvenes con Down. Al final de las sesiones, el fiscal, que solicitaba dos años de inhabilitación para el ejercicio de la profesión de hostelería y locales de ocio, elevó su pena y solicitó cuatro años para los dos acusados.
El juez ha condenado a un año de inhabilitación a la dueña, Coral C. S., por un delito relativo a los derechos fundamentales. De otro lado, ha absuelto al encargado, José M. P., al considerar que las excusas que dio para que no se quedaran en el local no fueron irrespetuosas, ya que se limitó a decir que el aforo estaba reservado a grupos de empresas por ser navidad.
No obstante, respecto de la dueña, el magistrado es especialmente severo al entender, según los testimonios de las tres monitoras, que actuó de forma discriminatoria, conculcando el artículo 17 de la Constitución Española, respecto a la libertad personal y el libre acceso a los locales abiertos al público.
Así, según la sentencia, Coral C. S., al ver al grupo y sus "características personales", dio todo tipo de excusas para no dejarles entrar "ya que podían afectar al desarrollo de su negocio". El juez apostilla: "no sabemos cómo...".
Según prueba la sentencia, la dueña del local, tras dar varias excusas para que se fueran, acabó "negándoles la entrada por su condición personal expresamente y por ser disminuidos psíquicos", diciendo "de forma enfadada" que "por qué tienen que ir allí a ýjoderlaý a ella, que había otros locales donde podían entrar".
Los jóvenes se marcharon del local y terminaron la fiesta en otro de la zona, no sin antes llamar a la policía para obligar a la dueña a sacar el libro de reclamaciones. Días después, denunciaron los hechos. El juez condena a indemnizar con 1 euro de forma simbólica a la Fundación Asindown, como solicitaba ésta, a la que pertenecía el grupo y las monitoras.
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