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HEMEROTECA » |
Las peticiones de comparecencia que salgan de la comisión de investigación no tienen nada que ver con las solicitudes aprobadas en los foros ordinarios de la Cámara, como la reciente dirigida a la vicepresidenta De la Vega, sin capacidad alguna para hacer cumplir la citación. En cambio, desde la última reforma del Código Penal, se puso al mismo nivel la obligación de comparecer en las comisiones de investigación de las Cortes Generales y en los parlamentos autonómicos. Así lo establece de forma tajante el artículo 502 del Código Penal, cuando en su punto primero señala: «Los que, habiendo sido requeridos en forma legal y bajo apercibimiento, dejaren de comparecer ante una comisión de investigación de las Cortes Generales o de una Asamblea Legislativa de comunidad autónoma, serán castigados como reos del delito de desobediencia. Si el reo fuera autoridad o funcionario público, se le impondrá además la pena de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.» Los populares han amagado con citar al ministro Rubalcaba, al que acusan de fabricar el informe de la policía. Faltar a la verdad en una comisión es castigado con seis meses a un año de prisión o multa de seis a doce meses.
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