Sentencia del TSJ

Autorizan al Consell a entrar en el repetidor de TV3 en Calicanto

Acció Cultural estima que el cierre del repetidor que cubre el área más poblada de la Comunitat puede ser inminente

 15:30  
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EFE/LEVANTE-EMV.COM El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha autorizado la entrada de la Generalitat en el repetidor de televisión situado en la urbanización Calicanto del término municipal de Chiva (Valencia), desde el que se difunde la señal de TV3.

Según indica una resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo remitido hoy por Acció Cultural del País Valencià, la entrada en el repetidor es una "condición necesaria" para la ejecución del expediente administrativo del Consell que ordena el cese de las emisiones del citado canal autonómico.

La entidad cultural explica en un comunicado que este repetidor es el que hace llegar la emisión de TV3 en TDT a la ciudad de Valencia, la comarca de l'Horta y las partes de las comarcas de Camp de Morvedre, Camp de Túria, Foia de Bunyol, Ribera Alta y Baixa.

Esta sentencia estima el recurso interpuesto por el Gobierno valenciano contra otra resolución anterior que le denegaba la citada autorización porque no había sido suficientemente justificada y porque el cese de las emisiones se encuentra recurrido judicialmente.

En contra de este argumento, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV considera que el acceso al repetidor de Chiva es una "condición necesaria" para la "ejecución" del cese, y señala además que su denegación equivaldría a la "suspensión" del acto administrativo, cuestión que tramita otro órgano judicial.

En opinión de Acció Cultural, la sentencia aplica "el principio de presunción de legalidad de la actuación de las administraciones públicas, autorizando una disposición sin entrar en el fondo de la cuestión".

La asociación rechaza este punto de vista porque duda de "la competencia de la Generalitat para actuar sobre una televisión pública que se emite por un canal de TDT cuya titularidad no es autonómica".

También considera que la aplicación de la presunción de legalidad de las actuaciones administrativas, en este caso "puede provocar un daño mayor", ya que el cierre del repetidor supone "un ejercicio de censura" que puede tardar "años" en repararse.

"Con esta sentencia -añade- el cierre del repetidor que cubre el área más poblada de la Comunitat puede ser inminente, y depende exclusivamente de la arbitrariedad política y el interés partidista del actual Gobierno valenciano, el mismo que está implicado en una serie de gravísimos casos de corrupción".

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