EFE/LEVANTE-EMV.COM
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Conselleria de Sanidad a pagar 50.000 euros a un paciente que perdió un testículo como consecuencia de una "asistencia incompleta e inadecuada" en el Hospital Francisco de Borja de Gandia.
Los hechos, dados a conocer por El Defensor del Paciente en la Comunidad Valenciana, se remontan al año 2002, cuando un joven de 19 años acudió al citado centro sanitario con un "dolor escrotal izquierdo", que fue diagnosticado por el urólogo como "epididimitos aguda".
El paciente, quien acudió dos días después al mismo centro con dolor, sin que se le practicara ninguna prueba mas, se dirigió finalmente al Hospital de la Ribera de Alzira, donde tras la exploración física, se solicitó ecografía urgente, porque el cuadro era compatible con una torsión testicular izquierda evolucionada.
La prueba puso en evidencia una torsión testicular izquierda, en la que ya no cabía actuación quirúrgica alguna dado el tiempo de evolución de la torsión y la situación ecográfica y vascular, por lo que se decidió tratamiento conservador.
Ante estos hechos la Conselleria de Sanidad dictó una resolución en la que se reconoce que la atención sanitaria fue "incompleta e inadecuada" y admite que "deberían haberse realizado las pruebas necesarias", según explican desde el Defensor del Paciente.
La Conselleria de Sanidad apunta que "ante la imposibilidad de saber cuándo ocurrió la torsión testicular, y ante la falta de prueba y atención adecuada, la actuación sanitaria deviene incorrecta, dándose los requisitos para la existencia de responsabilidad patrimonial de la Administración".
En este sentido fijaron en 31.442,95 euros la indemnización que habría que dar al paciente, cantidad que éste ha recurrido por considerarla insuficiente.
Así el TSJCV ha estimado parcialmente el recurso del hombre, que solicitaba 90.000 euros por los daños ocasionados, y ha fijado finalmente la indemnización en 50.000 euros más los intereses legales correspondientes desde la fecha de interposición de la reclamación administrativa.
El tribunal considera que dicha cantidad "es la que repara integralmente el daño producido al paciente, teniendo en cuenta su edad en el momento que se produce la pérdida del testículo y las repercusiones psicológicas y afectivo-sexual que ha sufrido".