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La Audiencia mantiene la pena al primer alcalde condenado por delito ecológico

Los ecologistas descubren al tribunal los ingresos del ex primer edil de Xeresa, Cipriano Fluixà, que había alegado que su familia numerosa vivía de su sueldo y ocultó los ingresos de su esposa y que es empresario

 

JOSÉ SIERRA VALENCIA El ex alcalde de Xeresa, Cipriano Fluixà, condenado a un año de prisión por delito de prevaricación medioambiental en concurso ideal con un delito contra el medio ambiente y al pago de dos multas diarias de 30 euros durante 24 meses -en sentencia confirmada por el Tribunal Supremo-, ha intentado eludir la sentencia argumentando "lo exorbitado de la pena" para alguien como él, que "no es reo habitual", que "ya no ejerce cargo público alguno" y que "no solo se sostiene a si mismo, sino que también sostiene a la esposa y a sus tres hijos".
El recurso de inejecución de sentencia de Fluixà, presentado a la sección segunda de la Audiencia de Valencia el pasado 25 de noviembre, debió de conmover al tribunal, que acordó a petición de interesado sustituir la pena de privación de libertad impuesta por la de multa, así como reducir las cuotas de las dos multas impuestas previamente.
La acusación particular, representada por la asociación ecologista IDEA, recurrió la decisión del tribunal recordando que el alcalde, pese a no reunir los requisitos de "reo habitual" ya había sido condenado antes por uno de los delitos, el de prevaricación, y que en todo el proceso el condenado nunca aportó datos sobre sus ingresos.
IDEA ha suplido esta falta de información del tribunal recordando que Fluixà es funcionario de la Agencia Valenciana de Salud, lo que le supone ingresos superiores a los 2.200 euros mensuales-más pagas- , que su esposa ejerce de maestra con el salario correspondiente y que en la Avenida dels Furs de Xerexa existe una nave "donde se realiza una importante actividad de lavandería industrial, con su correspondiente plantilla de operarios" por parte una empresa de la que Fluixà es administrador único.
La comunicación remitida por IDEA a la sección segunda de la Audiencia Provincial ha hecho que el pasado 2 de diciembre la sala revocara su propia decisión de cambiar la pena de prisión por multa y reducir los importes de las sanciones a las que debía hacer frente el condenado.
Hasta el momento en el que sala rectificó su decisión inicial, Fluixà había logrado eludir el año de prisión a cambio de pagar 730 cuotas (dos años de multa ) a seis euros cada una, con un total de 4.380 euros, y evitaba hacer frente a la multa de 60 euros por día durante dos años -43.800 euros- sustituyéndola, gracias a la decisión del tribunal, por el pago de 8.640 euros. En suma, el ex alcalde pagaría gracias a sus recursos al Constitucional y al juagado 13.020 euros por un daño al medio ambiente que el Tribunal Supremo calificó inicialmente en toda su gravedad imponiéndole el año de prisión y dos multas diarias de 300 euros que le obligaba a pagar 438.000 euros.

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