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La Audiencia Nacional acuerda extraditar al piloto de los ´vuelos de la muerte´

Los jueces advierten de que el aviador está acusado de "600 hechos concretos" delictivos de lesa humanidad

 

R. F./AGENCIAS VALENCIA La Audiencia Nacional acordó ayer la extradición a Argentina de Julio Alberto Poch, acusado de participar en los vuelos de la muerte de la dictadura de Videla y detenido el 22 de septiembre en el aeropuerto de Manises. La entrega debe ser refrendada por el Consejo de Ministros y permitirá a la justicia argentina investigar y juzgar al piloto en cuatro procedimientos diferentes por "detenciones ilegales, torturas, lesiones, desapariciones y muertes" que se habrían producido en la Escuela Superior de Mecánica de la Armada (ESMA) entre 1976 y 1983. Según la Fiscalía, el acusado fue reconocido por un testigo que en el verano de 2006 reveló que Poch "había arrojado a varias personas desde aviones".
El aviador se jactó entre los compañeros de su último trabajo como piloto comercial de la compañía holandesa Transavia de haber arrojado al mar a "terroristas de izquierda". Un copiloto de Transavia que había compartido un vuelo de larga distancia con Julio Alberto Poch informó al juez de que el supuesto represor decía que los dirigentes de la dictadura argentina "debían haber matado a todos". Otro testigo manifestó que "durante el periodo de su servicio como piloto del régimen de Videla, él realizó vuelos regulares desde los cuales grupos de personas eran arrojadas al mar" y que el objetivo era "deshacerse de los terroristas de Argentina". Sin embargo, el acusado ha rechazado todas las acusaciones cuando ha comparecido ante los jueces españoles y se de ha declarado víctima de "una jugada política" sin pruebas.

Desaconsejan cadena perpetua
La resolución, ante la que cabe recurso, detalla que el detenido está acusado de "600 hechos concretos" que podrían enmarcarse en delitos de lesa humanidad con la "suficiente gravedad" como para aprobar su extradición, incluso en caso de tener nacionalidad española. Los magistrados recomiendan que, a pesar de que los hechos delictivos que justifican la extradición son "extremadamente graves", el detenido "en ningún caso" cumpla cadena perpetua, sino "todo lo más a la pena inmediatamente inferior a ella".

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