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El Tribunal Supremo ha condenado a la Conselleria de Sanidad a indemnizar con 704.756 euros a un paciente que llegó al hospital La Fe de Valencia con una hernia umbilical y salió tetrapléjico. Los magistrados consideran que las lesiones del denunciante son "desproporcionadas" para el riesgo que corría al someterse a una operación para acabar con la hernia. El alto tribunal ha llegado a la conclusión de que o los médicos no hicieron un examen previo a la víctima o lo intubaron mal.

Según recoge la sentencia, el paciente ingresó en el hospital La Fe de Valencia el 13 de noviembre de 1996 para ser sometido a una intervención de hernia umbilical. La operación se practicó al día siguiente aunque en el transcurso de la intervención quirúrgica surgieron complicaciones.

La sala reproduce un informe emitido por el inspector médico que reflejaba que en la operación el paciente fue sometido a anestesia general en la que se presen?taron "dificultades" en la intubación. La víctima sufrió una parada cardiaca superior a cinco minutos que, a su vez, le provocó un deterioro en el cerebro por falta de oxígeno en la sangre.

Como consecuencia de la intervención, el paciente dejó el quirófano en situación semivegetativa, con una tetraparesia que le llevó a estar postrado en una silla de ruedas. Para la sala, "resulta evidente la desproporción del resultado, en la medida en que el demandante ingresó al objeto de ser sometido a una intervención de hernia umbilical y salió del hospital con tetraparesia".

Al demandante le reconocieron una "gran invalidez", ya que a partir de ese momento necesitó la ayuda de otra persona para su vida ordinaria.

Alegaciones de los doctores

Los médicos de La Fe alegaron que fue imposible intubar al paciente para que pudiera respirar cuando surgieron complicaciones. En base al informe médico, la Conselleria de Sanidad incidió en que fue una situación "extremadamente rara y excepcional" porque aparentemente la víctima tenía el cuello normal y no debieron surgir dificultades.

Sin embargo, los magistrados de la sala de lo Contencioso del Supremo creen que hubo una ma?la praxis. Los jueces advierten a la Administración de que sólo caben dos posibilidades y ambas suponen una negligencia. La primera es que los médicos no realizaron en el preoperatorio al paciente el examen adecuado del cuello y la cavidad oral, que podría alertar de la dificultad de la intubación y evitar la urgencia en la traqueotomía. La segunda es que los intentos de intubación "no se ajustaron a una buena técnica".