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LEVANTE-EMV VALENCIA
La Audiencia de Valencia ha desestimado la demanda de un padre divorciado que reclamaba la obligación del colegio al que acudía su hijo de informarle sobre distintos aspectos del mismo, después de que no se enterara de la Primera Comunión del menor al cambiar la madre a última hora la fecha de la ceremonia.
La sentencia de la Sección Octava revoca una anterior del Juzgado de Primera Instancia número 25 de Valencia, que fallaba a favor del progenitor, y absuelve al colegio, religioso y ubicado en Valencia, de todos los pedimentos instados en su contra.
Según el relato del tribunal, Francisco Javier F. D. contrajo matrimonio canónico en 1996 con Mercedes C.S., con quien tuvo un hijo. Como consecuencia de una "grave crisis matrimonial", la pareja se divorció y se atribuyó la guarda y custodia del menor a la madre, con la que el padre mantuvo un "constante conflicto postmatrimonial" que era conocido por el centro escolar.
Cuando el niño asistía, con 10 años, a clases de cuarto de Primaria, se señaló para el 28 de enero de 2007 la ceremonia de su Primera Comunión, información que el mismo colegio transmitió al padre. Más tarde, la madre adelantó la fecha de la ceremonia, que se celebraba en el mismo centro, pero éste no informó a su padre del cambio, lo que imposibilitó que pudiera acudir al acto de su hijo.
El padre demandó al colegio por estos hechos y solicitó, además de una indemnización de 12.000 euros, que se condenara al centro a informarle de todo lo relativo al proceso de aprendizaje e integración socioeducativa de su hijo, de las calificaciones del menor, sus informes psicológicos, las variaciones de su calendario escolar y sus actividades y viajes escolares.
En su momento, el juez estimó parcialmente la demanda del progenitor y condenó a la entidad a la obligación de informar al padre en los términos solicitados, entendiendo que éste tiene derecho a recibir esa información.
El centro interpuso un recurso de apelación contra el fallo en el que defendía que no informó del cambio de fecha de la Primera Comunión porque "el adelanto lo solicitó la madre" y se trataba de "un problema de familia", a quien atribuye la carga de comunicar al padre la variación de día.
Y alegó que nunca le ha negado "información alguna sobre su hijo" cuando la ha solicitado. Ahora, la Audiencia considera improcedente la demanda del hombre en tanto "el colegio nunca ha discutido su derecho a ser informado sobre el niño", y estima acreditado que se le facilitó "toda la información" cuando éste la ha pedido.
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