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La palabra del profesor prevalecerá en la futura ley de autoridad docente

El Consell aprueba el anteproyecto que incluye a la concertada y que cuestionó el Consejo Escolar

 

M. DUCAJÚ VALENCIA Los profesores de los centros educativos públicos y de los privados concertados de la Comunitat Valenciana tendrán una nueva herramienta para ser considerados autoridad pública. El conseller de Educación, Alejandro Font de Mora, dio ayer un paso más en su futura ley, cuyo anteproyecto aprobó el pleno del Consell. La intención es que los docentes sean reconocidos "institucional y legalmente" como figura para fomentar la convivencia educativa e intentar mejorar así los resultados del sistema escolar. Y, sobre todo, contar con un respaldo en los tribunales que, de facto, ya tienen porque la Fiscalía del Estado hace dos años aconsejo que ésta fuera la doctrina a aplicar en caso de conflicto en la escuela.
Sin embargo, desde que el conseller dio a conocer a principios de curso su intención de elevar a rango de ley esta parte del decreto de 2008 de Convivencia Escolar o de Derechos y Deberes, en el que se contemplaba la citada autoridad docente, las críticas al contenido del borrador legislativo no han cesado. Su texto ha sido cuestionado en el Consejo Escolar Valenciano (CEV) donde fue aprobado por un escaso margen e, incluso, ha sido rechazado por las secciones docentes de CC OO y STE-PV.
En su opinión, como en la de la Confederación Gonzalo Anaya de Padres de Alumnos, lo que necesitan los centros son "más recursos" así como "medidas pedagógicas, de apoyo al profesorado, y no coercitivas". No obstante, otros sindicatos como ANPE y CSIF consideran que es una ley necesaria y FETE se ha abstenido en sus votaciones en el CEV.
El conseller, en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell, indicó ayer que la futura ley "refuerza la condición de autoridad docente que contempla el decreto de 2008, la amplía a toda la red educativa sostenida con fondos públicos y lo perfecciona".
Este decreto se aplicó en 2009 y, desde entonces, se han dado 31 casos, ocho en 2010. Formada por ocho artículos, la intención es establecer las condiciones básicas del ejercicio del docente, y su "núcleo fundamental es la protección jurídica al profesorado, que por ley tendrá la condición de autoridad pública en el ejercicio de sus funciones".
Se establece que los hechos constatados por el profesorado en el ejercicio de sus competencias correctoras o disciplinarias gozarán de la presunción de veracidad cuando se inicie el expediente correspondiente, sin perjuicio de que la otra parte puede presentar en el pliego de descargo las pruebas que considere. La norma también incluye la responsabilidad y la reparación de los daños en las instalaciones y equipamientos que causen los alumnos,, mientras que quienes tengan la patria potestad serán responsables civiles. En los casos de agresión física o moral al profesorado causado por el alumnado, "se deberá reparar el daño moral causado mediante la petición de excusas y el reconocimiento de la responsabilidad de los actos", y se fija la obligación para los equipos directivos de poner en conocimiento de la Fiscalía los presuntos delitos o faltas.

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