El Tribunal Supremo ha condenado a un hostal-restaurante de la playa de Las Arenas de Valencia a indemnizar a un mujer de 65 años que se rompió el fémur y dos vértebras tras resbalar en un escalón. El dueño del establecimiento alegó que la mujer tenía una dolencia que le limitaba la movilidad. Sin embargo, el Alto Tribunal advierte al demandado de que "ninguna culpa hay en padecer enfermedades". La víctima recibirá 45.076 euros. El letrado Gabriel Echavarri, especializado en este tipo de demandas, explicó que es una de las indemnizaciones más altas fijadas en los últimos años y puso como ejemplo que por "el fallecimiento de una persona con 65 años en un accidente de tráfico la compensación ronda los 70.000 euros".

Los hechos ocurrieron sobre las 13.30 horas del 11 de junio de 2000 en el acceso al restaurante desde el hostal. La víctima estaba aquejada de "serios padecimientos óseos y articulares" y resbaló al no ver el escalón ya que había un claroscuro y el desnivel no estaba señalizado. La mujer, que necesitó que le implantaran una prótesis en una rodilla, reclamó al dueño del hostal-restaurante 240.000 euros.

Desestimación

El juzgado de Primera Instancia número 12 de Valencia desestimó la demanda de la víctima con el argumento de que padecía desde hace años una artritis reumatoide que le afectaba a su movilidad. Además, el juez apuntó que la mujer ya había sufrido con anterioridad otra caída en la que se rompió varios huesos.

La Audiencia de Valencia rectificó al juez de Primera Instancia y condenó al hostal-restaurante, y ahora el Supremo acaba de confirmar la indemnización que debe percibir la víctima. El propietario del establecimiento insistió en su recurso en que el Supremo ya había dictado "numerosas sentencias sobre caídas en establecimientos abiertos al público que exoneraban a sus titulares "dado que no se trata de actividades y lugares que generen un especial riesgo"".

Sin embargo, los magistrados del Tribunal Supremo consideran que sí hubo una negligencia por parte del local ya que la caída "demuestra que faltaba algo por prevenir". La sentencia explica que el acceso al restaurante desde el hostal estaba mal diseñado ya que tenía "un escalón intermedio a escasísima distancia del umbral y precisamente en una zona de claroscuro" provocado porque el pavimento del comedor era de diferente color al del vestíbulo.

Enfermedades óseas

El hostal-restaurante de Las Arenas incidió en que la mujer resbaló por su mal estado físico. Los magistrados del Tribunal Supremo reprenden al propietario al sostener que "ninguna culpa hay en padecer enfermedades o limitaciones óseas y articulares".

La mujer ya tenía reconocida antes del accidente "la invalidez absoluta con un menoscabo funcional del 65%". Los jueces han estimado proporcionada la indemnización de 45.076 euros porque la caída en el acceso al restaurante del hostal le produjo a la víctima un agravamiento de sus lesiones. El fallo de la sala de lo Civil del Tribunal Supremo es firme.