El Síndic de Greuges ha instado al Consell Jurídic Consultiu (CJC) de la Comunitat Valenciana a que "se esfuerce por encontrar términos no sexistas y que los adecue a una nueva corrección gramatical, que hoy exige la legislación vigente".

La recomendación se produce después de la queja emitida por una mujer en la que expresaba que el CJC "avala en sus dictámenes el uso de un lenguaje sexista y, por tanto, la utilización del genérico masculino, de manera que contraviene lo establecido en la normativa actual". En concreto, se refiere al dictamen del CJC sobre el anteproyecto de ley de ordenación y gestión de la función pública en el que decía: "a lo largo del texto remitido -el anteproyecto- se evita emplear el masculino genérico admitido por la Real Academia Española y a veces se utilizan expresiones como "funcionaria" o "las y los funcionarios" que, no solamente dificultan la lectura de la norma, sino que además implican una construcción gramatical incorrecta".

Por su parte, el Consejo Jurídico Consultivo alegó que la autora de la queja sólo transcribía el primero de los párrafos referidos al tema "ofreciendo una visión parcial de la recomendación efectuada".

Al respecto, el Síndic cree que "es evidente que sugerir por parte del Consejo Jurídico la posibilidad de emplear, por consideración a la incorrección gramatical, el genérico masculino porque comprende ambos sexos, es contrario al derecho fundamental a la igualdad entre hombres y mujeres".

"Tal como ha manifestado esta institución en varias resoluciones, la utilización sexista del lenguaje excluye las mujeres o, cuando menos, las silencia, dificulta su identificación a la vez que las invisibiliza; esto es un uso discriminatorio y parcial que impone barreras arbitrarias e injustas al desarrollo personal y colectivo de las mujeres", argumenta. Así, "el hecho de no nombrar conlleva no respetar el derecho fundamental a la existencia y la representación de esta presencia femenina en el lenguaje".

Subordinacion de la mujer

En la misma línea, agrega que "los rasgos sexistas del lenguaje, es decir, todas aquellas expresiones del lenguaje y de la comunicación humana que invisibilizan a las mujeres y las subordinan, no se adecuan a la realidad social que exige la equidad para los dos sexos".

Según el Síndic, las normas gramaticales "cuando utilizan el masculino referencial para los dos sexos, borran la presencia femenina y la ocultan bajo el masculino, con lo cual condicionan una manera de pensar y de actuar y, claro está, una manera de interpretar la realidad". Por último, pone de relieve que "la discriminación que se manifiesta a través de la lengua contraviene lo establecido en el ordenamiento jurídico español".