El Tribunal Supremo ha devuelto a un padre valenciano la custodia compartida de su hijo al considerar que debe primar el interés del menor. Los magistrados han corregido a la Sección Segunda de la Audiencia de Valencia, que en 2007 atribuyó la custodia a la madre del niño. La sala valenciana consideraba como regla general que no era conveniente adoptar el régimen de custodia compartida salvo en casos puntuales.

La decisión del Supremo ha trascendido cinco días después de la aprobación del proyecto de ley del Consell que da prioridad al régimen de custodia compartida en caso de separación cuando no existe acuerdo entre los progenitores. La nueva regulación, que ya está vigente en otras autonomías como Aragón, todavía deber ser aprobada por las Corts.

El Supremo advierte en el caso que acaba de sentenciar de que la Audiencia de Valencia no valoró un informe que reflejaba que la custodia que compartían el padre y la madre se estaba ejecutando correctamente y que beneficiaba al menor.